Derecho jurisdiccional disciplinario colombiano y los estándares internacionales : caso Gustavo Petro vs. Colombia
En el derecho jurisdiccional disciplinario, como especie del derecho sancionador, los estándares internacionales marcan pautas para materializar las garantías de todos los involucrados. Es así como el 8 de julio de 2020 la Corte Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-, en el caso Petro Urrego vs....
- Autores:
-
Barrera Núñez, Miguel Ángel
Botero González, Cristhian Camilo
Jaramillo Rivera, Juan Camilo
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/26011
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/26011
- Palabra clave:
- Procedimiento acusatorio
control de convencionalidad
proceso disciplinario
procedimiento inquisitivo
derecho sancionador
Accusatory procedure
conventionality control
disciplinary process
inquisitorial procedure
sanctioning law
- Rights
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | En el derecho jurisdiccional disciplinario, como especie del derecho sancionador, los estándares internacionales marcan pautas para materializar las garantías de todos los involucrados. Es así como el 8 de julio de 2020 la Corte Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-, en el caso Petro Urrego vs. Colombia, impuso al Estado colombiano la obligación de adecuar, en un plazo razonable, su ordenamiento interno a los parámetros convencionales y, particularmente, la separación de los roles del acusador y el fallador, uno de los principales argumentos por los cuales el fallo disciplinario, allí discutido, se consideró violatorio de la garantía del juez imparcial, y si bien no se trató de un proceso jurisdiccional disciplinario, los ordenamientos procesales internos en la materia sí adolecen de los mismos vicios. En este sentido, el presente trabajo pretende proponer las reformas legislativas necesarias para acatar ese imperativo, tanto en materia de Ley 270 de 1996, por tratarse de un tema con reserva estatutaria, como en el Código Disciplinario Único, actualmente vigente, y el Código General Disciplinario, próximo a entrar a regir, y en los cuales se mantiene un esquema inquisitivo puro, en tanto radican en un mismo funcionario, singular o colegiado, las labores de indagación, instrucción, calificación y juzgamiento. |
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