Acceso de sistema general de salud en Colombia para los hijos de crianza
Resumen El Sistema General de Seguridad Social en Colombia, brinda garantías para la protección de los afiliados y beneficiarios, con prestaciones económicas como lo son la pensión de vejes, invalidez, sobreviviente y sustitución pensional, también el servicio en salud con los riesgos laborales. En...
- Autores:
-
Pulgarin Montefrio, Nathalie
Saavedra Amado, Daniela Andrea
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/24147
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/24147
- Palabra clave:
- Seguridad social
hijo de crianza
salud
derechos fundamentales
familia de crianza
jurisprudencia
pension
prestacion de servicio
afiliacion
contributivo
subsidiado
sobreviviente
Social Security
Foster Child
Health
Fundamental Rights
Foster Family
Jurisprudence
provision of services
affiliation
contributory
subsidized
survivor
pension
Derecho a la salud -- Colombia
Derechos sociales -- Colombia
Niños -- Cuidado e higiene
Pediatría
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | Resumen El Sistema General de Seguridad Social en Colombia, brinda garantías para la protección de los afiliados y beneficiarios, con prestaciones económicas como lo son la pensión de vejes, invalidez, sobreviviente y sustitución pensional, también el servicio en salud con los riesgos laborales. En cuanto a los hijos de crianza se busca establecer cómo garantía el acceso a la cobertura en el derecho fundamental a la salud, ya que no está contemplado en el ordenamiento jurídico el derecho a la salud en los hijos de crianza como beneficiarios y es aquí donde se vulnera este derecho teniendo en cuenta que se trata de niños, niñas y adolescentes que tienen una protección especial y ampliando el concepto de familia, relacionado con el vínculo afectivo emocional, cultural, económico, y en su crecimiento, desarrollo físico y mental. Revisado en la jurisprudencia, y varias fuentes de investigación se logró identificar que los hijos de crianza solamente tienen acceso a la prestación económica que es la pensión de sobreviviente, pero el acceso a ser beneficiario en el sistema general de seguridad social y salud por los padres de crianza no se ha establecido, es por esto que es necesario ampliar el concepto de familia, para así lograr establecer garantías en los hijos de crianza |
---|