El límite entre el dolo eventual y la culpa con representación en los accidentes de tránsito a la luz de la Ley 599 de 2000 en Colombia

La teoría jurídica del delito es una de las grandes creaciones del pensamiento occidental. Es un edificio de una claridad conceptual y una elaboración realmente admirable, ya quisieran los filósofos tener una construcción tan coherente, hasta el punto de que recientemente nada menos que Jürgen Haber...

Full description

Autores:
Parrado Agudelo, Rubby Bernardita
Acevedo González, Yenny Patricia
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2015
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/7538
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/7538
Palabra clave:
DERECHO PENAL - LEGISLACION - COLOMBIA
DERECHO PROCESAL - LEGISLACION - COLOMBIA
JURISPRUDENCIA PENAL - COLOMBIA
ACCIDENTES DE TRANSITO - DOLO EVENTUAL - COLOMBIA
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:La teoría jurídica del delito es una de las grandes creaciones del pensamiento occidental. Es un edificio de una claridad conceptual y una elaboración realmente admirable, ya quisieran los filósofos tener una construcción tan coherente, hasta el punto de que recientemente nada menos que Jürgen Habermas, en su libro Facticidad y Vigencia, habla de su respeto por las impresionantes aportaciones constructivas de la ciencia del derecho ( ) Cuando el hombre deja de lado sus responsabilidades y tiene un comportamiento contrario a derecho se presenta la llamada antijuridicidad penal que conlleva una conducta contraria a derecho, el artículo 11 del código penal lo expresa Para que una conducta típica sea punible se requiere que lesione o ponga efectivamente en peligro, sin justa causa, el bien jurídicamente tutelado por la ley penal. 2 Así mismo, la norma sustantiva penal Colombiana presenta en su artículo 21 las modalidades de la conducta punible ante lo cual prescribe: La conducta es dolosa, culposa o preterintencional. La culpa y la preterintencional solo son punibles en los casos expresamente señalados en la ley .