Derecho a la seguridad social en pensión de sobrevivientes para los hijos de "crianza" en el ordenamiento jurídico colombiano

El ordenamiento jurídico Colombiano ha adoptado un corte proteccionista en los Derechos prestacionales de acuerdo a los diversos tipos de familia que se han venido conformado con el transcurrir del tiempo y que merecen un especial amparo jurídico cuando alguno de sus miembros faltaré. Es por esto, q...

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Autores:
Amaya Parra, Eliana
Pardo Barón, Brenda María
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
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Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/17951
Palabra clave:
seguridad social
Fondo de pensiones
Ordenamiento jurídico
Inbreeding
Filiation
Survivors Pension
Social security - Equality
Seguridad social
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Pensión
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description El ordenamiento jurídico Colombiano ha adoptado un corte proteccionista en los Derechos prestacionales de acuerdo a los diversos tipos de familia que se han venido conformado con el transcurrir del tiempo y que merecen un especial amparo jurídico cuando alguno de sus miembros faltaré. Es por esto, que no solo se debe demostrar algún tipo de filiación consanguínea para tener derecho a la pensión de sobreviviente, debido a que según los nuevos lineamientos jurisprudenciales se debe otorgar estos beneficios prestacionales a las familias denominadas de "crianza" donde existen una relación de afecto, solidaridad, comprensión y respeto que además de una relación afectiva que conllevan una dependencia económica lo cual demanda un sistema de protección general en condiciones de igualdad a las familias que tienen vínculos consanguíneos.
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Es por esto, que no solo se debe demostrar algún tipo de filiación consanguínea para tener derecho a la pensión de sobreviviente, debido a que según los nuevos lineamientos jurisprudenciales se debe otorgar estos beneficios prestacionales a las familias denominadas de "crianza" donde existen una relación de afecto, solidaridad, comprensión y respeto que además de una relación afectiva que conllevan una dependencia económica lo cual demanda un sistema de protección general en condiciones de igualdad a las familias que tienen vínculos consanguíneos.The Colombian legal system has adopted a protectionist court in the benefit rights according to the various types of family that have been formed over time and deserve special legal protection when some of its members are missing. That is why, not only some kind of consanguineous affiliation must be demonstrated to be entitled to the survivor's pension, because according to the new jurisprudential guidelines these benefits should be granted to the families called "foster" where there is a relationship of affection, solidarity, understanding and respect that in addition to an affective relationship that entails an economic dependence which demands a system of general protection in conditions of equality to families that have consanguineous ties.Universidad Libre Seccional Socorro - Facultad de derecho y ciencias políticasPDFapplication/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2seguridad socialFondo de pensionesOrdenamiento jurídicoInbreedingFiliationSurvivors PensionSocial security - EqualitySeguridad socialConsanguineidadPensiónConsanguineidadFiliaciónPensión de SobrevivientesSeguridad Social -- IgualdadDerecho a la seguridad social en pensión de sobrevivientes para los hijos de "crianza" en el ordenamiento jurídico colombianoTesis de Pregradoinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisAcevedo, A. (2011). Anuario de Historia Regional y de las Fronteras. La seguridad social. Historia, marco normativo, principios y vislumbres de un Estado de derecho en Colombia, 15. 191-204. Recuperado de http://revistas. uis.edu.co/index. php/anuariohistoria/ article/view/ 1402Alexy, R. (1993). Teoría de los Derechos Fundamentales. Centro de estudios constitucionales trad. Ernesto Garzón Valdez. Madrid - España.Almanza Pastor, José Manuel. (1991). Derecho de la Seguridad Social. (73ed.). Madrid, España: Tecnos S.A.Asamblea General de las Naciones Unidas. (lO de diciembre de 1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. Recuperado de http://www.ohchr .orgIDocumentslPublications/Core Treatiessp. pdfAsamblea General de las Naciones Unidas. (16 de diciembre de 196,6). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Recuperado de http://www.ohchr.orgIDocumentslPublications/CoreTreatiessp.pdfArbeláez, C. 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Por la cual se adicionan la Ley 40 de 1922, la 4a de 1913, se provee a la construcción de un Salón Teatro en Los Lazaretos y se ceden unas rentas a los Departamentos [Ley 86 de 1923]. DO: 19328Congreso de Colombia. (3 de diciembre de 2009). Ley de Protección Integral a la Familia. [Ley 1361 de 2009]. DO 47.552 .Congreso de Colombia. (26 de junio de 2017). Por medio del cual se modifica la Ley 1361 de 2009 para adicionar y complementar las medidas de Protección de la Familia y se dictan otras disposiciones. [Ley 1857 de 2017]. DO 50306Constitución Política de Colombia [Const.]. (1991). Art. 42 [Titulo 11].Recuperado de http://www.secretariasenado.gov.co/senadolbasedoc/constitucion ~olitica_1991.htmlCorte Constitucional. Sala Novena de Revisión. (13, Marzo, 2003). Sentencia T- 221/03. [MP: Marco Gerardo Monroy Cabra]Corte Constitucional. Sala Plena. (19, noviembre, 2003). Sentencia C 1094/03. [MP: Jaime Córdova Triviño]Corte Constitucional, Sala Plena. (26 de julio de 2011). Sentencia C-577/11. [MP. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo]Corte Constitucional, Sala Octava de Revisión. (2 de septiembre de 2013). Sentencia T 606/13. [MP. Alberto Rojas Ríos].Corte Constitucional, Sala Octava de Revisión. (18 de febrero de 2015). Sentencia T 070/15. [MP. Martha Victoria Sáchica Méndez]González, R. & González, L. (S, f) Protección jurídico administrativa de la trayectoria laboral. Recuperado de http://www.eumed.netllibros-gratis/2013a11303/1303.pdfInstituto Colombiano de Bienestar Familiar. (21 de septiembre de 2016). Concepto 114 de 2016. Recuperado de http://www.icbf.gov.coNugent, Ricardo (1997). La seguridad social1: su historia y sus fuentes. Universidad Autónoma de México, México. Disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mxllibros/1 /13 9/36.pdfMazziotti, M. (1964). Dirirri Sociali. En. Enciclopedia del Diritto, Vol. XII. Milán. Editorial Giufre.Salazar, L. 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Por medio del cual se modifica la Ley 1361 de 2009 para adicionar y complementar las medidas de Protección de la Familia y se dictan otras disposiciones. [Ley 1857 de 2017]. DO 50306Corte Constitucional, Sala Cuarta de Revisión. (3 de octubre de 1997). Sentencia T 495/97. [MP. Carlos Gaviria Díaz]Corte Constitucional. Sala Plena. (19, noviembre, 2003). Sentencia C 1094/03. [MP: Jaime Córdova Triviño]Corte Constitucional. Sala Octava de Revisión. (22 de febrero de 2016). Sentencia T " 074/2016. [MP. Alberto Rojas Ríos]Corte Constitucional. Sa1a Sexta de Revisión. (27 de Septiembre de 2016). Sentencia T 525/2016. [MP. Jorge Iván Palacio Palacio]Sager, L. (2007) Juez y Democracia. Barcelona: Marcial Pons.Canivet, G. (2006). Activisme judiciare et prudence interprétative. 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(Programa de derecho) - Universidad Libre Seccional Socorroapplication/pdf38081014http://repository.unilibre.edu.co/bitstream/10901/17951/1/DE%202018%200004.pdf0c1e47f2c8852c66ea8ca6f433b7d2c1MD5110901/17951oai:repository.unilibre.edu.co:10901/179512023-09-28 17:38:05.926Repositorio Institucional Unilibrerepositorio@unilibrebog.edu.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