La intermediación laboral como mecanismo que usan las cooperativas de trabajo asociado para encubrir un contrato realidad
Los derechos y garantías laborales se encuentran ampliamente contemplados en la Constitución Política de Colombia, previéndose para tal fin, articulados especiales como el 53 ibidem, que enmarcan y regulan principios mínimos de la relación laboral aplicables tanto al sector público como en el privad...
- Autores:
-
Calderón Parra, Lizeth Tatiana
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/22826
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/22826
- Palabra clave:
- Relación laboral
Prestación de servicios
Cooperativas de trabajo
employment relationship
provision of services
work cooperatives
Contratos públicos - Legislación – Colombia
Derecho administrativo
Subcontratación
Contratos
Administración de servicios
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | Los derechos y garantías laborales se encuentran ampliamente contemplados en la Constitución Política de Colombia, previéndose para tal fin, articulados especiales como el 53 ibidem, que enmarcan y regulan principios mínimos de la relación laboral aplicables tanto al sector público como en el privado. Uno de ellos, sin duda alguna es el atinente a la primacía de la realidad sobre las formalidades. Este principio, es quizá, uno de los postulados más importantes y usados por la administración de justicia colombiana como herramienta, para poner en evidencia el uso indiscriminado de figuras jurídicas que tienen como fin encubrir una verdadera relación laboral y así, tergiversar y cohibir a los empleados públicos y contratistas de un goce real y efectivo de sus garantías mínimas laborales; destacándose entre ellas, la intermediación laboral a través de las Cooperativas de trabajo asociado. En esencia, dicha figura fue contemplada por la Ley 79 de 1988 y concordantes, como la asociación de personas para la producción de bienes, ejecución de obras o la prestación de servicios, teniendo como fin característico generar empleo para sus asociados de manera autónoma e independiente. No obstante lo anterior, en la actualidad son múltiples los casos donde las entidades públicas hacen uso de las Cooperativas de trabajo asociado para fines totalmente opuestos a su naturaleza jurídica, contratando la prestación de los servicios personales de sus asociados a favor directamente de aquellas, para el envío de trabajadores en misión a sus instalaciones o dependencias, y donde debido a las funciones que desarrollan, los elementos de autonomía e independencia propios de la esencia de las Cooperativas de trabajo, se ven menguados para abrir paso o mutar a una verdadera relación laboral, en la cual se ve inmerso el elemento de la subordinación como factor determinante para declarar un contrato realidad. Debido a lo anteriormente expuesto surge la necesidad de que el uso indiscriminado de la figura jurídica de la intermediación laboral en el sector público mediante cooperativas de trabajo asociado sea tema de investigación y a través de este, pueda conocerse en mayor medida las implicaciones jurídicas, restricciones y consecuencias que acarrea en contra del servidor público o contratista al que se le cercena sus derechos laborales. |
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