La acción de tutela como mecanismo de protección del derecho a la salud en Colombia

Según el Decreto con Fuerza de Ley 2591 del 19 de noviembre de 1991 “por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política”, se establece la acción de tutela para la protección inmediata de los derechos fundamentales, cuando son amenazados o vulnerado...

Full description

Autores:
Paipa, Valentina
Aarón, Angélica
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/24440
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/24440
Palabra clave:
Acción de tutela
Derecho a la salud
Garantía
Vulneración
Derechos fundamentales
Constitución
Corte Constitucional
Mecanismos
Conexidad
Estado
Tutela action
Right to health
Guarantee
Violation
Fundamental rights
Constitucion
Constitutional Court
Mechanism
Connection
State
Derecho constitucional
Acción de tutela -- Colombia -- Ponencias
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Según el Decreto con Fuerza de Ley 2591 del 19 de noviembre de 1991 “por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política”, se establece la acción de tutela para la protección inmediata de los derechos fundamentales, cuando son amenazados o vulnerados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares. Es decir, nace como un reto, producto de la necesidad de mitigar la violación y vulneración de derechos de las personas, con el fin de lograr la recuperación integral de los derechos. Teniendo en cuenta que los derechos que pueden ser protegidos por la acción de tutela son: la vida, seguridad social, igualdad, dignidad humana, no discriminación, trabajo, ambiente sano, libre desarrollo de la personalidad, libertad de conciencia/culto/expresión/circulación, educación, asociación, debido proceso y el derecho a salud, entre otros. Este tipo de mecanismo solo puede ser utilizado cuando no existe otro medio ordinario disponible para la protección del derecho que se pide. En este caso, nos enfocaremos en hablar sobre la acción de tutela como mecanismo de protección del derecho a la salud, considerando que dentro de los 5 derechos más invocados a través de la acción de tutela en el año 2022 se destaca este pues, es un derecho que está fuertemente ligado con garantizar una óptima calidad de vida al ciudadano. Así mismo, explicando el contexto y desarrollo del derecho de la salud como un derecho fundamental autónomo y tutelable, encontramos, que según la sentencia T-406 de 2001, la Corte Constitucional, este derecho era considerado de carácter prestacional, por lo tanto, no era aceptable la utilización de la acción de tutela para este. Sin embargo, gracias a diversos problemas jurídicos a raíz de las quejas con respecto a la vulneración del derecho a la salud que se presentaba en el país, la corte se vio obligada a analizar más a fondo dicho derecho y plantear soluciones. Esto dio origen a la sentencia T-706 de 2008, donde se señala que el derecho a la salud es un derecho fundamental y tutelable debido a la conexión que tiene con otros derechos fundamentales que influyen directamente con la calidad de vida de las personas, entre estos encontramos el derecho a la vida, y el derecho a la integridad e igualdad. Se puede evidenciar que con el transcurso de los años la acción de tutela se dejó de utilizar como una medida de carácter excepcional, sino que por el contrario se convirtió en un mecanismo de protección utilizado de manera general, lo cual tiene como fundamento diferentes razones entre ellas la falta de capacidad por parte de las entidades promotoras de servicios de salud para la cobertura total y la demanda que se presenta en el país respecto al derecho a la salud. De acuerdo a lo anterior, otro factor relevante del fenómeno de la utilización de la tutela no de manera excepcional sino general, es que es una acción constitucional que por su naturaleza puede ser presentada por cualquier persona, convirtiéndose en la acción constitucional que más garantiza el fácil acceso a la justicia. Es evidente entonces, que la acción de tutela en efecto, si resulta ser un mecanismo que permite a la persona un mayor acceso al sistema de justicia, garantizando de esta manera la protección de sus derechos fundamentales, ya que es considerada como un mecanismo ágil y eficaz, sin embargo, debido a su alta utilización se han presentado dos factores evidentes y que afectan sin lugar a duda el acceso efectivo al derecho a la salud. En primer lugar, se logra evidenciar que las entidades promotoras del servicio a la salud incumplen en gran medida los pronunciamientos de los Jueces de tutela, derivando esto en un ciclo que obliga al accionante a recurrir en la utilización del incidente de desacato con la finalidad de que no se burlen las decisiones de los fallos de tutela por parte de las entidades públicas o privadas en las que recaiga la obligación de la prestación del servicio, contribuyendo a que el carácter ágil de la acción de tutela y su eficacia se desdibuje, puesto que termina siendo un trámite largo como consecuencia de su incumplimiento. En segundo lugar, se puede evidenciar que existe una congestión judicial como consecuencia del gran número de tutelas presentadas en búsqueda del cumplimiento de los derechos fundamentales, lo que nos deja como conclusión que si bien esta acción busca la protección de los derechos fundamentales estos continúan siendo vulnerados por las entidades públicas o privadas en gran medida, lo que ha generado la pérdida de excepcionalidad de la acción de tutela.