El plazo razonable y la nulidad de los actos procesales: Un análisis desde su regulación en el código general del proceso y la jurisprudencia Colombiana

Alrededor del proceso, instituido por los Estados como mecanismo para la solución de los conflictos que surgen entre los conciudadanos, se ha construido una compleja teoría que le ha dado una serie de contenidos, tales como los institutos de jurisdicción, acción, juez como tercero imparcial, las par...

Full description

Autores:
Valero Ramírez, Dayana Yurley
Lizarazo Guillen, Sergio Alexander
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/17949
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/17949
Palabra clave:
Derecho Procesal
Procesos (Derecho)
Incidentes Procesales
Derecho
Jurisprudencia
Jurisprudencia Procesal
Derecho Penal
Rights
restrictedAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Alrededor del proceso, instituido por los Estados como mecanismo para la solución de los conflictos que surgen entre los conciudadanos, se ha construido una compleja teoría que le ha dado una serie de contenidos, tales como los institutos de jurisdicción, acción, juez como tercero imparcial, las partes y los principios, últimos estos que son transversales a la multiplicidad de procesos que se adelantan ante la administración de justicia y que dotan a quienes allí intervienen de garantías de cara a la protección de sus derechos. El plazo razonable es sin duda uno de los principios procesales que cada vez toma mayor relevancia, en la medida de que permite que quienes se someten a la jurisdicción, no sólo obtengan una respuesta o solución al conflicto sino que la misma debe ser emitida en un tiempo apenas prudente para el completo desarrollo de los actos procesales que permitan dar un pronunciamiento de fondo, en otras palabras, no sólo basta con el acceso a la administración de justicia y una respuesta de la jurisdicción al asunto, sino que esa respuesta debe dar pronto. Es así como desde las instancias internacionales que se han generado en procura de los derechos humanos, se ha constituido la mencionada figura como una garantía propia del debido proceso y desde la jurisprudencia de la Corte interamericana de Derechos Humanos, se le ha dado profundidad a las subreglas que lo componen y al alcance del mismo. En Colombia, han sido múltiples los intentos que se han generado en procura de la celeridad de los procesos y de la efectividad de la prestación del servicio público de justicia, no obstante, los resultados de los mismos no han sido realmente positivos, de allí que en la Ley 1564 de 2012 (porque ya existían ejemplos concretos como la Ley 1395 de 2010, inspirada en la protección otorgada en el derecho internacional y en las obligaciones adquiridas por el Estado en esa materia, se contemplara en el artículo 121 un término de duración del proceso, contado desde la admisión de la demanda hasta la emisión de la sentencia por el juzgador. Sin embargo, el consagrar una consecuencia administrativa y procesal ante el eventual incumplimiento del término es lo que hace del artículo 121 una novedad para el proceso colombiano, lo de contera ha traído grandes debates que es lo que, precisamente, ha inspirado la realización de la presente investigación, que parte de un panorama en el que al menos dos de las fuentes del derecho, doctrina y jurisprudencia, están presentado posiciones encontradas que hacen del plazo razonable un tema poco pacífico en el orden interno.