Las fronteras externas e internas del contrato administrativo. Un estudio de derecho comparado entre Francia y Colombia
El derecho francés y el derecho colombiano de la contratación estatal se asemejan enormemente, esto teniendo en cuenta la influencia jurídica francesa en Colombia que no versa únicamente sobre el derecho administrativo sino también sobre el derecho civil. Sin embargo, el legislador colombiano ha dis...
- Autores:
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Piñarte Barrera, Jenifer
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/11043
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/11043
- Palabra clave:
- Contrato administrativo
Derecho comparado
Derecho
France
Colombia
Mixed system
General Contract Theory
Public Power
UNIVERSIDAD DE POITIERS
DERECHO COMPARADO
DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO CIVIL
CONTRATO ADMINISTRATIVO
Francia
Colombia
Sistema Mixto
Teoría General del Contrato
Poder Publico
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | El derecho francés y el derecho colombiano de la contratación estatal se asemejan enormemente, esto teniendo en cuenta la influencia jurídica francesa en Colombia que no versa únicamente sobre el derecho administrativo sino también sobre el derecho civil. Sin embargo, el legislador colombiano ha distinguido el “contrato administrativo francés” y el “contrato público colombiano” a través de la implementación de un sistema mixto que no se somete a ningún derecho internacional comunitario. El contrato administrativo francés ha evolucionado a través de los años, la formación de una teoría general del contrato administrativo autónomo del derecho civil ha tomado gran fuerza, la aplicabilidad de reglas generales a los contratos de la administración y la calificación legal de ciertos contratos administrativos han interpuesto fronteras entre el contrato de derecho privado y el contrato administrativo. Dichas fronteras han sido confirmadas por las divergencias que separan los dos sistemas, pero han sido también puestas en tela de juicio a través de ciertas convergencias que subsisten entre los mismos y que van a dar lugar a la teoría común de los contratos. La teoría común de los contratos o de derecho común de los contratos pretende contradecir la autonomía del contrato administrativo y del contrato de origen civilista. Así las cosas, ciertos elementos de definición de la noción de contrato y de origen civilista continúan siendo aplicables a los contratos administrativos, a pesar de ello, la administración se mostrará como actora de ciertas prerrogativas del poder público que no tienen lugar en el contrato civil. De ésta manera la teoría del derecho común de los contratos será también puesta en entredicho. Ahora bien, la reciente reforma de las obligaciones en Francia que modifica algunos elementos de la noción de contrato va a dejar a discreción del juez administrativo la sumisión o no de los contratos administrativos a dichas reformas. |
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