¿SON LOS ALIMENTOS UNA NECESIDAD DE CORTE PUNITIVO?

El presente artículo tiene objeto verificar la necesidad de la conducta punible descrita en el artículo - art 233 de nuestro Código Penal – CP “Delito de Inasistencia Alimentaria”, en atención a que con cada cambio de gobierno y/o ministros de justicia, siempre sale como primera reforma a la justici...

Full description

Autores:
Mendivelso Durán, Carlos Alberto
Gallo Cárdenas, Pablo Alipio
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/25734
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/25734
Palabra clave:
Familia
Alimentos
Delito
Necesidad
Legislado
Family
Foods
Crime
Need
Legislator
Derecho procesal
Derecho a la alimentción
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:El presente artículo tiene objeto verificar la necesidad de la conducta punible descrita en el artículo - art 233 de nuestro Código Penal – CP “Delito de Inasistencia Alimentaria”, en atención a que con cada cambio de gobierno y/o ministros de justicia, siempre sale como primera reforma a la justicia la eliminación del mentado punible, situación que llega a determinadas esferas y nunca alcanza el logro pretendido, pues en primera facie se ha de indicar que se desconoce el nacimiento del delito objeto de reforma y eliminación, al igual que muchas veces se olvida que dicho delito constituye en esencia una excepción al principio de ultima ratio. Tal y como lo reseñáramos este delito acompasa un elemento estructural dispositivo en materia de política criminal puesto que les permite a los estados miembros de la Convención Americana de Derechos Humanos -CDAH, llevarlo al plano de conducta delictual sancionable con pena de prisión, o dejarlo en una deuda puramente civil, que a juicios de muchos doctrinantes es lo que debería ejecutarse. Es de informar a la comunidad en general que en muchos países se ha optado por la des tipificación del delito como ocurrió en Argentina, pero en otros países de un corte más radical en materia de política criminal se ha optado por mantener dicho delito como parte del cuerpo de conductas punibles que conforman en CP, como ocurre en nuestro país; por ende nuestro estudio estará orientado a efectuar una descripción de la naturaleza del punible, su historia en el transito jurídico y verificar su pertinencia desde la necesidades de la actual sociedad Colombiana.