La transformación del Derecho Administrativo sancionador Ius puniendi y el principio del Non bis in ídem y su aplicación en el consejo de estado.
La evolución del Derecho Administrativo como una disciplina jurídica en Colombia ha enfrentado diversos acontecimientos históricos y jurídicos los cuales han incidido de una u otra forma en la concepción que los ciudadanos tienen respecto a las potestades de la Administración Pública para preservar...
- Autores:
-
Chaparro Quintero, Lorena Shirley
Enciso Alfonso, Anggie Daniela
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/18573
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/18573
- Palabra clave:
- Derecho administrativo
Consejo de estado
Derecho
Sanctioning power in Colombia
Case of Piedad Esneda Córdoba Ruíz
Reficar case
Non bis in idem application
Effects of non bis in idem
Derecho administrativo -- Colombia
Procedimiento administrativo -- Colombia
Recursos administrativos
Potestad sancionadora en Colombia
Aplicación del non bis in idem
Efectos del non bis in idem
Caso Piedad Esneda Córdoba Ruíz
Caso Reficar
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | La evolución del Derecho Administrativo como una disciplina jurídica en Colombia ha enfrentado diversos acontecimientos históricos y jurídicos los cuales han incidido de una u otra forma en la concepción que los ciudadanos tienen respecto a las potestades de la Administración Pública para preservar el orden público y proteger el interés general, Se debe resaltar que uno de los desarrollos más importantes a lo largo del siglo XX a nivel internacional y nacional fue la consagración de los derechos fundamentales como herramientas de protección de los ciudadanos en el marco de los procedimientos judiciales y administrativos. Es por ello por lo que el debido proceso se erigió en una de las garantías procesales fundamentales que gobiernan las actuaciones de las personas ante los jueces y la Administración Pública. La garantía al debido proceso en materia de derecho administrativo, y en particular del derecho administrativo sancionador, no tuvo una aplicación inmediata, sino que por el contrario enfrentó diversos obstáculos para alcanzar su versión más garantista. En este sentido, la transición del Estado de Derecho al Estado Social de Derecho permite comprender de forma clara la evolución e implementación de dicha garantía, pues su interpretación dependerá del contexto histórico, político y jurídico en que se aplique y sea estudiada El presente escrito estudiará cuál ha sido el tratamiento del principio del non bis in idem dentro de los dominios del derecho administrativo sancionador. Para ello, en primer lugar, se expondrá el concepto y los elementos que componen el debido proceso como principio rector de las actuaciones judiciales y administrativas; en segundo lugar, se analizará la aplicación concreta del principio non bis in idem en materia sancionatoria, sus problemáticas, sus puntos de convergencia y divergencia con otras ramas del derecho; y en tercer lugar, se estudiará cuál ha sido el alcance que la jurisprudencia constitucional y de lo contencioso administrativo le ha dado al principio non bis in idem en materia sancionatoria. Antaño ha existido una posición pacífica respecto a la aplicación del debido proceso en los procedimientos judiciales, pero no sucede lo mismo cuando se trata de la aplicación de ese derecho en las actuaciones administrativas. Esta afirmación tiene como soporte un contexto jurídico y político que se expresará con mayor detalle en el presente trabajo. Por ahora, lo importante es tener presente que el debido proceso en el ejercicio de la función administrativa no tuvo la misma evolución que en materia judicial y que ello se debe en parte a que los Estados contaban con plenas potestades que ningún otro sujeto podía ostentar, lo que impedía que el poder de la Administración pudiera verse sometido por un particular . Conforme a lo anterior, se centrará su estudio en analizar el desarrollo histórico del debido proceso como garantía procesal de las actuaciones judiciales y administrativas, para luego abordar los elementos constitutivos de esa garantía o derecho fundamental dentro del régimen constitucional colombiano. Por último, se analizará el principio non bis in idem como mecanismo de protección de los ciudadanos ante las decisiones de carácter administrativo sancionatorias que proscribe que una persona pueda ser juzgada dos veces por una misma conducta. Se utilizan estos conceptos analizados para ahondar en temas más novedosos y de creciente discusión, como lo son las sanciones administrativas si son parte del ius puniendi del Estado, la colisión de sanciones penales y administrativas y cómo se podría llegar a evitar la vulneración al principio non bis in ídem. Enfocados principalmente al impacto que ha producido en el Consejo de Estado y su jurisprudencia frente a temas disciplinarios que se han suscitado en estos últimos años con relación a los principios del ius puniendi y el principio del non bis in ídem El derecho administrativo, como ya se ha dicho se transforma a medida que se transforma el Estado, es por ello por lo que el derecho sancionador en algunas circunstancias se enmarcan en el ámbito del derecho penal y en el derecho administrativo sancionatorio. Siendo ésta una situación particular se debe estudiar cuando se encuentra permitida o prohibida en el régimen sancionador si se se encuentra coherente con los principios inspiradores del ordenamiento jurídico, si en efecto la prohibición o permisión vulnera o no la garantía del principio non bis in ídem. Por otro lado, La presencia de la garantía non bis in idem en la legislación y en la jurisprudencia emanada de los tribunales de ámbito europeo tiene una larga tradición casi desde su creación, el Tribunal de Justicia de la unión Europea ha venido analizando y aplicando el non bis in idem en muchos de los asuntos en los que debía enjuiciar el ejercicio de la potestad sancionadora de las instituciones de la Unión Europea. |
---|