Alcance jurídico del derecho a la integridad personal como fundamento para el reconocimiento autónomo del daño corporal en Colombia
La evolución de la ciencia y la tecnología exponen directa e indirectamente a nuevos riesgos y daños, exigiendo del Derecho una solución pronta y acorde con los fines del Estado, en Colombia las autoridades reconocen diferentes tipos de daños entre patrimoniales y extrapatrimoniales que tienen sopor...
- Autores:
-
Alvarez Simbaqueva, Andres Camilo
Novoa Hernandez, Sonia Paola
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2010
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/6560
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/6560
- Palabra clave:
- DERECHO PENAL - COLOMBIA
DELITOS CONTRA LA PERSONA - LEGISLACION - COLOMBIA
GENETICA - LEGISLACION
CRIMINOLOGIA
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La evolución de la ciencia y la tecnología exponen directa e indirectamente a nuevos riesgos y daños, exigiendo del Derecho una solución pronta y acorde con los fines del Estado, en Colombia las autoridades reconocen diferentes tipos de daños entre patrimoniales y extrapatrimoniales que tienen soporte en la ley y en la jurisprudencia, el mas reciente de ellos: el daño a la vida de relación es un hecho importante mas no suficiente, señalando con ello que hay otros daños que requieren del reconocimiento autónomo como medio de protección del Estado para las víctimas. El problema se centra en la carencia de protección integral frente al resarcimiento del daño al negarse el reconocimiento autónomo de daños de tipo corporal o en su defecto tasándose estos dentro de los daños morales o a la vida de relación. En Colombia, desde le punto de vista indemnizatorio, los perjuicios son de tipo patrimonial o también llamados materiales que comprenden y reconocen el daño emergente y el lucro cesante, y los de tipo extrapatrimonial que aunque comprendan una amplia gama de daños como los existenciales, de rebote, biológicos, solo se han tenido en cuenta los daños morales, que encuentran su fundamento en el articulo 2341 y el daño fisiológico o a la vida de relación que acoge el Consejo de Estado mediante la sentencia del 6 de mayo de 1993. De esta forma, como bien se mencionaba anteriormente, el reconocimiento de perjuicios en Colombia está limitado finalmente a cuatro preceptos, es decir, la víctima solo puede pedir el resarcimiento de su daño emergente, el lucro cesante, el daño moral y desde hace poco pudo exigir el pago por los daños causados a la vida de relación. A simple vista parecería que la autonomía del reconocimiento no pareciera tener mayor trascendencia dentro del mundo jurídico colombiano, mas aun si se reconocen dentro de otros perjuicios, pero como bien se va a precisar a lo largo de este trabajo, cada uno de los perjuicios responde a objetos de protección diferentes y por tanto no es lo mismo hablar de daño moral, daño a la vida de relación y daño corporal, para ilustrar la problemática acogemos el ejemplo planteado por Víctor Hugo Trujillo Hurtado quien bajo esta misma problemática presentó un estudio titulado El daño estético como perjuicio inmaterial autónomo del daño moral y del daño a la vida de relación al Instituto Risaraldense del Derecho de Daños IRDD |
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AFANADOR, María Isabel. El derecho a la integridad personal –elementos para su análisis. Ed. Externado: derechos Humanos y Conflicto. Bogotá, 2002 ALCALDIA DE BOGOTA. Secretaria de Movilidad. Informe de accidentalidad en Bogotá2009: Bogotá (Colombia): 2009. http:/ www.movilidadbogota.gov.co/contenido.asp?plantilla AUTORES VARIOS. Indemnización de daños y perjuicios: el responsable civil por daño. Venezuela: editorial Jurídica Bolivariana, 1998 BAUMGARTEN, Alexander Gottlieb. Reflexiones filosóficas acerca de la poesía. Buenos Aires: Aguilar, 1955Código Civil. Temis. 7ª ed. Bogotá, 2009 BERMUDEZ, Jorge. Valoración del daño estético por cicatrices. Buenos Aires (Argentina): Asociación de Peritos del Poder Judicial. Http:/ www.mednet.org.uy Código Penal y de Procedimiento Penal anotado. Leyer. 19ª ed. Bogotá, 2009. CONSEJO DE ESTADO. Sección Primera. Sentencia No 11837. M.P. Jesús María Carrillo Ballesteros. CONSEJO DE ESTADO. Sección Tercera. Sentencia de Julio 19 de 2000. Expediente 11842. MP Alier Hernández Henríquez CORTE CONSTITUCIONAL, Sala Plena. Sentencia T-248 del 26 de mayo de 1998. M.P. Jose Gregorio Hernández Galindo CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de Casación Civil. Sentencia del 13 de mayo de 2008. MP César Julio Valencia Copete CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Sala de Casación Penal. Sentencia de Tutela 18212. M.P. Marina Pulido de Barón. DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Red de Promotores de los Derechos Humanos: El derecho a la Integridad. Imprenta Nacional. Bogotá, D.C, 2004. DUQUE GOMEZ, José Noe. Responsabilidad civil daños y perjuicios. Bogotá: Jurídica Bolivariana, 2003 HENAO, Juan Carlos. El Daño. Bogotá: Universidad Externado de Colombia. 1998. INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES. Boletín Estadístico Mensual –enero a agosto de 2009. Colombia: 2009. Http/ www.medicinalegal.gov.co/dripestadisticas LEGENDRE, Reinalde. Diccionario actual de la educación. Guerin editeur, Paris: Edición cuarta, 1993 MADRID-MALO, Mario. Derechos fundamentales. Bogotá: 3R Editores, 1997 ________. Diccionario Básico de Términos Jurídicos. Editorial Legis. Bogotá, 1990. MARIÑO CAMACHO, Luis Eduardo. Manual Practico de indemnización de Perjuicios. Bogotá: ediciones el profesional, 2000 PRECIADO AGUDELO, Darío. Responsabilidad civil contractual, extracontractual y delictual. Bogotá: ediciones librería del profesional, 1998. REY CANTOR, Ernesto. Las Generaciones de los Derechos Humanos. Universidad Libre: 3ª Edición, Bogotá, 2005. Pag, 251 SOLORZANO NIÑO, Roberto. Medicina legal, criminalística y toxicología para abogados. 5ª ed. Bogotá: Nomos, 2005 THOMAS, Florence. Cicatrices: cuatro personas explican como es su relación con estas marcas en sus cuerpos. En: El Tiempo, Bogotá D.C. (29 de octubre de 2009) TRUJILLO HURTADO, Víctor Hugo. El daño estético como perjuicio inmaterial autónomo del daño moral y del daño a la vida de relación. Instituto Risaraldense de derecho de daños. Pereira, 2004. |
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PARÁGRAFO: En caso de preshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Alcance jurídico del derecho a la integridad personal como fundamento para el reconocimiento autónomo del daño corporal en ColombiaDERECHO PENAL - COLOMBIADELITOS CONTRA LA PERSONA - LEGISLACION - COLOMBIAGENETICA - LEGISLACIONCRIMINOLOGIATesis de Pregradoinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisAFANADOR, María Isabel. El derecho a la integridad personal –elementos para su análisis. Ed. Externado: derechos Humanos y Conflicto. Bogotá, 2002ALCALDIA DE BOGOTA. Secretaria de Movilidad. Informe de accidentalidad en Bogotá2009: Bogotá (Colombia): 2009. http:/ www.movilidadbogota.gov.co/contenido.asp?plantillaAUTORES VARIOS. 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