Análisis jurídico del ejercicio de las actividades de inteligencia y contrainteligencia por parte de los organismos especializados del estado Colombiano
Los servicios de inteligencia en Colombia operaron durante casi sesenta años sin una regulación integral que demarcará sus funciones y sus límites; sin embargo, en el año 2009 que se aprobó la primera norma en la historia de Colombia que intentó darle una regulación integral al funcionamiento de los...
- Autores:
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Caceres Caceres, Lee Johan
Castro Florez, Juan Carlos
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/10217
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/10217
- Palabra clave:
- Servicios de inteligencia
Espionaje
Derecho
ORGANISMOS DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA - - LEGISLACION
DECRETO 857 DE 2014
SERVICIOS DE INTELIGENCIA
SOCIEDADES SECRETAS
DERECHO - - TESIS Y DISERTACIONES ACADEMICAS
Actividades de inteligencia
Organismos especializados del estado colombiano
- Rights
- restrictedAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | Los servicios de inteligencia en Colombia operaron durante casi sesenta años sin una regulación integral que demarcará sus funciones y sus límites; sin embargo, en el año 2009 que se aprobó la primera norma en la historia de Colombia que intentó darle una regulación integral al funcionamiento de los servicios de inteligencia (Ley 1288), pero en el mes de noviembre del año 2010, está fue declarada inconstitucional por la Corte Constitucional, bajo el argumento que el procedimiento de aprobación que debía haber seguido era el propio de las leyes estatutarias, y no el de las leyes ordinarias, como se hizo en este caso. Lo anterior, conllevo a que en el año 2013, el Congreso de la República expidiera otra norma (Ley 1621) con el fin de regular de manera íntegra el funcionamiento de los servicios de inteligencia, la cual fue avalada en su totalidad por la Corte Constitucional. Dicha Ley tiene por objeto fortalecer el marco jurídico que permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia cumplir adecuadamente con su misión constitucional y legal. Establece los límites y fines de las actividades de inteligencia y contrainteligencia, los principios que las rigen, los mecanismos de control y supervisión, la regulación de las bases de datos, la protección de los agentes, la coordinación y cooperación entre los organismos, y los deberes de colaboración de las entidades públicas y privadas, entre otras disposiciones. Sin embargo, a pesar de la reglamentación dada a las actividades de inteligencia y contrainteligencia dada por la Ley 1621 de 2013, la cual fue expedida para tratar de poner orden al descontrol institucional en un tema tan sensible para muchos sectores de la sociedad colombiana; se encuentra que el panorama en relación con las irregularidades que se presentan en estos casos sigue siendo el mismo, pues continúan presentándose por parte de los organismos de inteligencia, interceptaciones telefónicas, más conocidas como “chuzadas”, espionaje, seguimientos ilegales, violación de correos electrónicos, entre otros, los cuales se efectúan principalmente a personalidades públicas, como altos funcionarios del Gobierno (incluido el Presidente de la República), magistrados, a los miembros de las organizaciones defensoras de derechos humanos, dirigentes políticos, periodistas, y hasta a los actuales negociadores del proceso de paz. El caso más reciente que se presentó relacionado con el tema es el conocido como la operación de inteligencia militar “Andrómeda”, quienes tenían de fachada un restaurante y café internet, desde donde se habría interceptado de forma ilegal al equipo negociador del gobierno y a líderes de la oposición, mediante el seguimiento ilegal de correos y conversaciones electrónica; hecho que evidencia que a pesar de esta reguladas las actividades de inteligencia y contrainteligencia, en el país no se superan desde organismos de seguridad estatales este tipo de prácticas ilegales y arbitrarias. Por todo lo anterior se desarrolla esta investigación, la cual tiene como objetivo general, analizar jurídicamente el ejercicio de las actividades de inteligencia y contrainteligencia por parte de los organismos especializados del Estado colombiano. |
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