La justicia por mano propia y legitimación del Estado Colombiano como ente sancionador
La finalidad de la investigación referente a la identificación de las razones por las que el ciudadano deslegitima al Estado como ente sancionador se considera cumplido teniendo en cuenta lo siguiente: El estudio de las conductas de justicia por mano propia mediante la presente monografía, hizo posi...
- Autores:
-
Gonzalez Caro, Tania Michelle
Gutièrez Simbaqueva, Yuly Andrea
Reyes Pinilla, Nathaly Stephanie
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/11637
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/11637
- Palabra clave:
- Justicia por mano propia
Legitimación del estado
Derecho
Collective violence
Legitimate defense
Legal system
Human dignity
Legitimization of the State
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
DERECHOS FUNDAMENTALES
TEORÍA DE LA JUSTICIA
ESTADO SOCIAL DE DERECHO
DERECHO PENAL
Violencia colectiva
Legítima defensa
Sistema jurídico
Dignidad humana
Legitimación del Estado
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | La finalidad de la investigación referente a la identificación de las razones por las que el ciudadano deslegitima al Estado como ente sancionador se considera cumplido teniendo en cuenta lo siguiente: El estudio de las conductas de justicia por mano propia mediante la presente monografía, hizo posible el hallazgo de varios precedentes históricos de la violencia colectiva como por ejemplo la Ley de Lynch en Estados Unidos, que justificó la justicia ilegitima que usurpaba la función pública de administrar justicia, y, en Colombia el linchamiento de Juan Roa Sierra que se consideró como un suceso histórico relevante de la justicia por mano propia. Para la investigación, la teoría de la justicia de John Rawls es un pilar, que permite explicar el principio de justicia como fin del Estado social de derecho, proponiendo un sistema de libertades básicas para todos, la igualdad de oportunidades, la justicia sobre la eficiencia, el principio de diferencia y desigualdades socioeconómicas, y la prioridad de la libertad. Se abordó la justicia, la violencia colectiva, el vigilantismo y la legítima defensa, como conceptos estructurales del fenómeno analizado, lo cual permitió construir la siguiente definición de justicia por mano propia: “una o varias conductas violentas al margen de la ley, ejercida por una o varias personas, con la finalidad de ajusticiar al presunto autor o autores de un delito, propendiendo con esto, el resarcimiento del daño perpetrado en contra de los bienes jurídicos tutelados en cabeza de las víctimas, familiares o conocidos” delimitando así el marco legal comprendido en los artículos 32 y 111 del Código Penal, 1, 11 y 29 de la Constitución Política y las sentencias C-013 de 1997 y T-555 de 2015. Para contextualizar el comportamiento de la problemática en América se tuvo en cuenta conductas semejantes acaecidas en seis países. Guatemala se destacó debido a la época de posconflicto que atravesó en el periodo de 1996-2003, años en los cuales se reportaron varios casos de justicia por mano propia relacionados con el fin de la guerra civil. Igualmente, se concluyó que la postura racista de los ciudadanos norteamericanos representaba un detonante de actos de justicia por mano propia. |
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