La acción de repetición en las entidades territoriales y su eficacia en el circuito judicial de san gil, año 2023.
La Acción de repetición busca mitigar el detrimento de las finanzas del Estado ante una condena judicial por acciones u omisiones propias de sus agentes y servidores. Es por esta razón que, con la presente investigación, se busca responder a la pregunta ¿Qué tan eficaz resulta la acción de repetició...
- Autores:
-
Alvarez Suarez, Anyi Tatiana
Edward Fernando, Vizcaya Gonzalez
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/29346
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/29346
- Palabra clave:
- Accion civil
Estado
Patrimonio
Recursos publicos
Servidores publicos
Civil action
State
Heritage
Public resources
Public Servants
Acción civil
Derecho administrativo
Patrimonio
Servidores públicos
Recursos públicos
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | La Acción de repetición busca mitigar el detrimento de las finanzas del Estado ante una condena judicial por acciones u omisiones propias de sus agentes y servidores. Es por esta razón que, con la presente investigación, se busca responder a la pregunta ¿Qué tan eficaz resulta la acción de repetición para las entidades estatales, que buscan recuperar dinerariamente gastos producto de las malas prácticas de algunos de sus agentes? Para tal fin se planteó como objetivo el determinar la eficacia, en términos de recuperación de recursos, que presentó la utilización de la acción de repetición por parte de las entidades territoriales en el circuito judicial de San Gil durante el año 2023 y se empleó una metodología inductiva-explicativa, a través de una investigación de tipo descriptiva-cuantitativa, de la cual se desprenden dos conclusiones importantes: (i) en el año 2023 no se promovieron acciones de repetición en los Juzgados Administrativos del Circuito judicial de San Gil, y, (ii) Si bien, en otros años, varias entidades condenadas a un pago, por acción u omisión de uno de sus agentes, hicieron uso de la acción de repetición en aras de recuperar el pago efectuado, la aplicación de este principio, o no fue realmente conducente al fin pretendido, o simplemente sigue en estudio retardado por parte del Juzgado competente. |
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