La necesidad de la sanción disciplinaria contemplada en el numeral 1 del Artículo 48 de la Ley 734 de 2002
El poder estatal radica en cabeza de la administración y se manifiesta a través de una gama de competencias o potestades específicas, por ejemplo de mando, ejecutiva, o de gestión reglamentaria, jurisdiccional y sancionadora, que le permiten cumplir con las funciones que le son propias. Sobre el der...
- Autores:
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Aguirre Vargas, Marcela Edilay
Copete Copete, Holman Enrique
Gómez Mena, Cristian Bernardo
Perea Cossio, Darwin
Perea Perea, José Nimio
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2010
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/30679
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/30679
- Palabra clave:
- Sanción disciplinaria
Ley 734 de 2002
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | El poder estatal radica en cabeza de la administración y se manifiesta a través de una gama de competencias o potestades específicas, por ejemplo de mando, ejecutiva, o de gestión reglamentaria, jurisdiccional y sancionadora, que le permiten cumplir con las funciones que le son propias. Sobre el derecho punitivo del estado se ha señalado que es una disciplina del orden jurídico que absorbe o recubre como género cinco especies, a saber: el derecho penal delictivo, el derecho de contravenciones, el derecho disciplinario, el derecho correccional, y el derecho de punición por indignidad política. |
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