Análisis del proceso monitorio y el derecho al debido proceso que tiene el demandado en la etapa de notificación
El proceso monitorio en Colombia está regulado en el Código General del Proceso, que nace a la vida jurídica gracias a la Ley 1564 del 2012 artículo 419 y siguientes. Este consiste en fortalecer un proceso judicial en el área civil, hacia la ejecución del cobro de una suma de dinero que no ha sido c...
- Autores:
-
Gamboa Osorio, María Isabel
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/23965
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/23965
- Palabra clave:
- PROCESO MONITOIRO
DEBIDO PROCESO
DEMANDADO
NOTIFICACIÓN
CURADOR AD LITEM
Proceso monitorio
Derecho procesal
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | El proceso monitorio en Colombia está regulado en el Código General del Proceso, que nace a la vida jurídica gracias a la Ley 1564 del 2012 artículo 419 y siguientes. Este consiste en fortalecer un proceso judicial en el área civil, hacia la ejecución del cobro de una suma de dinero que no ha sido cancelada de manera efectiva por un sujeto en tiempo corto ante una autoridad judicial. El proceso monitorio se integra como figura procesal, busca aportar diferentes beneficios al aparato judicial siendo a su vez un mecanismo alterno para que personas puedan acudir y hacer exigible el pago de una suma de dinero, monto que no debe superar la mínima cuantía. De igual modo tiene como finalidad la eficacia y descongestión judicial. El derecho al debido proceso es un derecho fundamental, el cual se debe aplicar en el desarrollo del proceso monitorio encontrándose consagrado en la Constitución Política de Colombia de 1991. El artículo de investigación basa en determinar el derecho al debido proceso con el que cuenta el demandado en la etapa de notificación, la vulneración al no permitir la designación curador ad litem para la representación judicial y notificación del demandado por medio de esta figura. |
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