La Carrera Administrativa en la Rama Legislativa del Poder Publico
Actualmente, el Congreso de la República no cuenta con un sistema de carrera administrativa, pese a tener la facultad de expedir sus propios reglamentos en aras de administrar los recursos humanos, financieros y administrativos de esta entidad, con el fin de desarrollar las funciones conferidas por...
- Autores:
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Langebeck Castillo, Yohanna Marcela
Escorcia Otero, Dommy Margarita
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/28340
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/28340
- Palabra clave:
- Carrera Administrativa
Servidor publico
Meritocracia
Función Pública
Igualdad
Administrative career
Public server
Meritocracy
Public function
Equality
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_16ec
Summary: | Actualmente, el Congreso de la República no cuenta con un sistema de carrera administrativa, pese a tener la facultad de expedir sus propios reglamentos en aras de administrar los recursos humanos, financieros y administrativos de esta entidad, con el fin de desarrollar las funciones conferidas por la propia constitución y la ley. Es decir, teniendo facultad para expedir el estatuto de carrera administrativa, no lo ha hecho y esto ha generado que en la Corporación no existan reglas claras y transparentes para el ingreso, ascenso y retiro del servicio público y la consecuente vulneración de derechos fundamentales como el mérito, la igualdad y la estabilidad que al existir un sistema de carrera administrativa estarían garantizados. Así mismo, la Corporación cuenta con personal de la planta administrativa, vinculado en Carrera Administrativa, de acuerdo con la resolución No. 001 de 1992, declarada nula por el Concejo de Estado, en un porcentaje menor a los demás Servidores Públicos de la Entidad, con nombramiento provisional, generando una vulneración evidente del principio de igualdad preceptuado por la Propia Constitución y la Ley General de carrera, con la anuencia de la Comisión Nacional del Servicio Civil, que no ha hecho nada por mejorar tal situación. |
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