La necesidad de la implementación de un código procesal constitucional en la legislación colombiana

La codificación del derecho procesal constitucional en Colombia, lejos de ser un límite a las acciones y derechos constitucionales de los ciudadanos se presta para su salva guarda, esto porque en ocasiones se puede presentar que si bien existe un derecho no se conocen los medios para su protección,...

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Autores:
Ariza Alarcon, David Santiago
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/18725
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/18725
Palabra clave:
Código procesal
Derecho procesal constitucional
Derecho comparado
Constitutional procedural code
Constitutional procedural law
Constitutional Jurisdiction
Codification of constitutional procedural law
Derechos constitucionales
Control de constitucionalidad -- Colombia
Colombia -- Derecho constitucional
Código procesal constitucional
Derecho procesal constitucional
Jurisdicción Constitucional
Codificación del derecho procesal constitucional
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Para alcanzar una comprensión neta de los vicios que se presentan en el sistema jurídico procesal colombiano, en cuanto a las acciones constitucionales, es requisito el conocimiento del origen de algunas de ellas, las más representativas, aquellas que derivaron de hitos históricos complejos y a veces incluso completamente inevitables por las condiciones sociales y políticas del momento, es así como se puede ver el nacimiento del Habeas Corpus, que surgió del ejercicio incontenible de las facultades monárquicas de la época, que desembocaban en maltratos y afectaciones a los derechos de los ciudadanos que hoy se consideran fundamentales. De igual manera, es de importante consideración la facultad autorregulada de la Suprema Corte de los Estados Unidos de 1803 del icónico caso de Marvury vs Madison en la que se permitieron inaplicar una norma vigente sometiéndola a un examen de constitucionalidad, todo esto en el acalorado panorama político de ese entonces, que se expresaba en la elección de un nuevo presidente y la escogencia libre de sus funcionarios en la estructura política Estadounidense, de este acontecimiento puede advertirse la supremacía judicial como garante de la Constitución. También debe estructurarse de forma explícita de reglamentación de las acciones constitucionales por parte del Estado colombiano, mostrando sus dificultades, sus aciertos y defectos, pero sobre todo la falta de previsión al momento de aquella reglamentación, siendo necesaria en muchos casos la misma por medio de decretos ley por las condiciones políticas y sociales y en otros casos la incongruencia de aquellas reglamentaciones. Todo esto para ejemplificar la manera en que la Corte Constitucional ha requerido de su tiempo y esfuerzo para estructurar en muchas ocasiones los alcances y los modos de las acciones constitucionales. Esto no se presenta en una o dos ocasiones desde la expedición de la Constitución vigente hasta hoy, se ha presentado en múltiples ocasiones dentro del ordenamiento jurídico-constitucional colombiano, lo que dificulta su implementación en la jurisdicción y repercute en una clara incongruencia entre los derechos manifiestos en la más alta norma de la nación, y la real forma de desempeño de los poderes públicos en relación a sus ciudadanos conforme a los derechos. Para comprender este inconveniente legislativo es menester el estudio de las fuentes del procedimiento constitucional y la propuesta del mismo Tribunal Constitucional, surgida en Alemania, cuáles eran sus cualidades iniciales y de qué manera este fue aglomerando facultades para en el mundo de hoy cumplir un papel fundamental en este país y en muchos otros. Luego avanzar con la comparación de la manera en que otros países de la región se han enfrentado a ese problema, determinando así la eficacia que podría presentarse en la eventual codificación del proceso constitucional y sus acciones, desde la manera de implementación hasta las vicisitudes que pueden presentarse en ella. De esta forma, a través del análisis jurídico de las diferentes propuestas asumidas por quienes decidieron acogerse a la onda codificadora del derecho procesal constitucional, poder identificar cuál de estas adopciones ha sido más efectiva, si legislación especial sin nomen iuris o la sistematización a través de su codificación de la disciplina. Respecto de los inconvenientes e incongruencias en el sistema normativo colombiano referente a las acciones constitucionales; merece la consideración el precepto jurídico, repetido por parte de litigantes, jueces e inclusive magistrados de las altas cortes, que “todos los jueces son constitucionales”, esto se presentó como una garantía de la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos, y más aún, la garantía de la materialización del artículo 4 de la Carta Política, puesto si la Constitución se encuentra por encima de todas las demás normas, todos los jueces debían conocerla y siendo ese el caso, debían conocer de sus acciones. Pero este aforismo jurídico resulto ser no más que eso, un aforismo, ya que en muchas acciones, las formas que las reglamentan se alejan de ese precepto, toda vez que, por ejemplo, la acción de cumplimiento no se puede presentar aunque cualquier juez e incluso, como se muestra en la ley que la regula (Ley 393 del 1997), que muestra la falta de condiciones fácticas de materialización del derecho procesal constitucional, esto porque se requirió un parágrafo transitorio que permitiera, contrario lo que se especificaba en cuando a competencia de la acción de cumplimiento, que esta se presentara en primera instancia antes el Tribunal Administrativo y en segunda instancia ante el Consejo de Estado. Esto ha llevado a la Corte Constitucional a cumplir con el papel reglamentario de un código obteniendo así facultades que exacerban sus facultades constitucionales y añadiendo otra carga más a las muchas que debe soportar el alto tribunal constitucional. Esto ha imperado en los procedimientos constitucionales del país desde la entrada en vigencia de la Constitución de 1991 y lejos de aminorarse con el pasar del tiempo se ha agravado produciendo así una increíble inseguridad jurídica tanto a los ciudadanos como los representantes judiciales de estos para la protección de sus derechos. Con base en esta explicación preliminar, la presente investigación y su objeto se adscribe a la línea de investigación institucional del Centro de Investigación de la Universidad Libre, adecuándose igualmente a la misión y visión de la Universidad, que tiene por intención el fomento de la exploración y desarrollo del conocimiento; adquiriendo como institución educativa un compromiso social con el saber, pues entendiendo la necesidad de su progreso en aras de proveer a la comunidad mayores dinámicas institucionales e instrumentos desde el ámbito académico para la protección de sus derechos y garantías jurídicas. La estrategia metodológica es un ejercicio jurídico que para la presente investigación pretende desplegar un método cualitativo que analizando la normatividad relevante al campo de estudio, y siendo considerado desde un ejercicio inductivo, procura revelar las dificultades que acarrea la dispersión del derecho procesal constitucional respecto a las acciones que se encuentran inmersas en nuestra Carta Magna, esto, partiendo de la tripartición de tres valores jurídicos consagrados en la legislación colombiana y que se presentan también en el panorama latinoamericano en países distintos al nuestro. Esta investigación, logra así mostrar la despegadísima línea normativa existente en el marco legal colombiano respecto del derecho procesal constitucional, y una vez se considere esto en torno a otros países de la región, alcanzar una comprensión sobre la necesidad de una reglamentación codificada de los procesos constitucionales, persiguiendo además la coherencia y la congruencia del margen normativo de la materia, permitiendo también alcanzar una mayor efectividad de tales acciones, para así materializar los postulados constitucionales que se pretenden proteger con su larga lista de derechos y obligaciones.
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Corte Constitucional de Colombia [C.C.], Abril 14, 1999, M.P.: M. V. Sachica, Sentencia C-215/99, [Colom.].
Corte Constitucional de Colombia [C.C.], Abril 14, 2011, M.P.: J.I Pretelt, Sentencia T-290/11, [Colom.].
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Esta investigación, logra así mostrar la despegadísima línea normativa existente en el marco legal colombiano respecto del derecho procesal constitucional, y una vez se considere esto en torno a otros países de la región, alcanzar una comprensión sobre la necesidad de una reglamentación codificada de los procesos constitucionales, persiguiendo además la coherencia y la congruencia del margen normativo de la materia, permitiendo también alcanzar una mayor efectividad de tales acciones, para así materializar los postulados constitucionales que se pretenden proteger con su larga lista de derechos y obligaciones.Universidad Libre – Facultad de Derecho -- DerechoPDFapplication/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Código procesalDerecho procesal constitucionalDerecho comparadoConstitutional procedural codeConstitutional procedural lawConstitutional JurisdictionCodification of constitutional procedural lawDerechos constitucionalesControl de constitucionalidad -- ColombiaColombia -- Derecho constitucionalCódigo procesal constitucionalDerecho procesal constitucionalJurisdicción ConstitucionalCodificación del derecho procesal constitucionalLa necesidad de la implementación de un código procesal constitucional en la legislación colombianaTesis de Pregradoinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisAbad, S. 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