Límites al principio de la autonomía de la voluntad contractual

Un principio indiscutible del derecho privado colombiano es la autonomía contractual, la cual busca garantizar las libertades de los ciudadanos. Se trata de la facultad dada a las partes para crear, por medio de un acto de voluntad, una situación jurídica en donde se atribuyen derechos y obligacione...

Full description

Autores:
Ramos Alzate, Isabella
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/27716
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/27716
Palabra clave:
Autonomía
contrato
límites
principios
voluntad
contractual autonomy
contract
limitations to party autonomy
legal principles
will of the parties
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Un principio indiscutible del derecho privado colombiano es la autonomía contractual, la cual busca garantizar las libertades de los ciudadanos. Se trata de la facultad dada a las partes para crear, por medio de un acto de voluntad, una situación jurídica en donde se atribuyen derechos y obligaciones con un amplio margen de independencia. Sin embargo, esa autonomía no es absoluta: para que un contrato se perfeccione y tenga validez no basta el mutuo acuerdo, o la simple concurrencia de ambas partes en el asentamiento de las cláusulas. Por tal razón es importante estudiar la dimensión de aquella libertad y las causas que la limitan, a fin de evitar interpretaciones equivocadas de la misma o evitar, inclusive, contrariar la ley so pretexto de satisfacer los intereses de los contratantes. Así pues, deben considerarse las limitaciones legales sobre el negocio o la situación de hecho que se busca concretar. En efecto, el código civil colombiano prevé, sobre este particular, la irrenunciabilidad de derechos en los convenios particulares cuando ello pueda atentar contra del orden público, concepto que se predica de toda norma de interés general de imposible pretermisión así como de aquellas inmediatamente vinculadas a las buenas costumbres; dicho de otro modo, prima siempre el interés general sobre el particular. Es relevante, además, no perder de vista la regulación existente sobre la materia, pues sobre el asunto hay normas tanto de carácter imperativo, que deben respetarse, como de carácter dispositivo, que permiten hacer uso de la autonomía que el ordenamiento confiere. Todo este agregado de criterios jurídicos sobre la autonomía hace posible que los negocios contractuales ostenten suficiente legalidad y validez en el tráfico jurídico, de tal suerte que se puedan evitar inconvenientes futuros por un mal uso de las libertades o por el desconocimiento de la ley que, como es sabido, no es viable alegar para eximir su cumplimiento.