Tratamiento de las mujeres trans en el tipo penal de feminicidio

Esta investigación se realiza con el propósito de analizar la política del Estado respecto a las víctimas del tipo penal de feminicidio creado en ocasión de la Ley de Feminicidio (Ley Rosa Elvira Cely - Ley 1761, 2015), sustentando la investigación en un desarrollo previo sobre la identidad, sexuali...

Full description

Autores:
Salcedo Gaviria, Carolina
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/17908
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/17908
Palabra clave:
Mujeres trans
Feminicidio
Derecho
Femicide
Women
Victim
Trans Women
Gender
Transexualidad -- Bogotá (Colombia)
Identidad de género
Homofobia
Delitos contra la mujer -- Transexualidad
Feminicidio
Mujeres
Víctima
Mujeres Trans
Género
LGBTI
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Esta investigación se realiza con el propósito de analizar la política del Estado respecto a las víctimas del tipo penal de feminicidio creado en ocasión de la Ley de Feminicidio (Ley Rosa Elvira Cely - Ley 1761, 2015), sustentando la investigación en un desarrollo previo sobre la identidad, sexualidad y el género femenino, toda vez que se reconoce el feminicidio como tipo penal en la ley anteriormente mencionada, y pese a que se reconoce como una medida para controlar el odio hacia las mujeres por su condición de género, actos de instrumentalización sexual y prevenir su discriminación, sin embargo; deja un vacío la ley, cuando especificamos si es favorable esta ley, sobre las mujeres trans o colectividades LGBTI que puedan llegar a sentirse identificados. Sustentaremos la investigación con material de apoyo, utilizado por el Estado Colombiano, las naciones unidas, La CIDH, La Corte Constitucional Colombiana, entidades de formación de formadores, educandos y autores experimentados en el tema y se enmarca metodológicamente como una monografía. El estudio se realiza en torno a la coyuntura social y haciendo énfasis en el análisis de cuál era el deseo del legislador al tipificar el feminicidio y la condición contramayoritaria de las Corporaciones Judiciales Colombianas. En el desarrollo de la investigación se señala que en ese proceso debe observarse la capacidad del Estado de brindar verdaderas condiciones de no discriminación contra las mujeres, bien, porque sea esta su condición biológica, orientación y predominio sexual, o simplemente su identidad de género. La mujer hace parte de una forma muy importante de la sociedad por el avance y la forma de participación que a través del tiempo se le ha venido dando, sin embargo; no es menos cierto, que no ocupa precisamente una posición privilegiada dentro de la sociedad, razón por la cual merece especial protección y medidas que garanticen una situación igualitaria ante la sociedad, Maxime si hace parte de los grupos más vulnerables tales como las mujeres trans. A continuación, se identifica si realmente es un medio eficaz para las víctimas pertenecientes al colectivo GLBTI que siente que la Ley de Feminicidio (Ley Rosa Elvira Cely - Ley 1761, 2015) les cobija, o es necesario acceder por la vía judicial a través de otro mecanismo idóneo para ello. De allí que, una vez desarrollada la investigación, se concluyó que existen deficiencias en el deseo del legislador, pues ambiguo al momento de analizar si es o no es, favorable para las víctimas de feminicidio de mujeres pertenecientes al colectivo GLBTI, por lo cual se concluyen posibles medidas de mejora, basado en políticas públicas coherentes que vayan en beneficio de las víctimas del feminicidio y ayuden a disminuir los hechos violentos contra las mujeres. Finalmente, luego de identificar las acciones afirmativas en favor de la mujer, se describirá si son oportunas o si por el momento, son necesarias pero insuficientes, máxime cuando las mujeres trans, necesitan de aun más acciones de este tipo dada su pluri-discriminación por su condición de mujer, perteneciente al colectivo LGBTI y en algunos casos, jóvenes, pertenecientes a comunidades minoritarias: afrodescendientes, indígenas, raizales, pueblo rom, pobreza, analfabetismo, y/o diversas situaciones en que pueda estar en situación de inferioridad o debilidad manifiesta