Análisis jurisprudencial de la sentencia SL1152 de 2023 de la Corte Suprema de Justicia de Colombia: Nuevo precedente en materia de estabilidad laboral reforzada por salud a la luz del modelo social de disapacidad

Analizar la jurisprudencia de las Altas Cortes se convirtió en una tarea casi que de obligatorio cumplimiento por parte de la academia, toda vez que el precedente jurisprudencial goza de un alcance y carácter vinculante de tipo vertical que limita la autonomía judicial, por lo que la presente invest...

Full description

Autores:
Noreña Olaya, Juan Camilo
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/29305
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/29305
Palabra clave:
Estabilidad laboral reforzada
Corte Suprema de Justicia
Derecho Laboral
Precedente jurisprudencial
Reinforced labor stability
Supreme Court of Justice
Labor law
Jurisprudential precedent
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Analizar la jurisprudencia de las Altas Cortes se convirtió en una tarea casi que de obligatorio cumplimiento por parte de la academia, toda vez que el precedente jurisprudencial goza de un alcance y carácter vinculante de tipo vertical que limita la autonomía judicial, por lo que la presente investigación analiza el cambio jurisprudencial de la Sentencia SL1152 de la Corte Suprema de Justicia (2023) en materia de la estabilidad laboral reforzada por razones de salud toda vez que, allí abandonó la tesis clásica de la limitación física, psíquica o sensorial moderada con pérdida de capacidad laboral superior al 15%, de que trata el artículo 7º del Decreto 2463 de 2001, y en su lugar resolvió cambiar el precedente jurisprudencial del artículo 26 de la Ley 361 de 1997, adoptando el modelo social de la discapacidad con ocasión de la Ley Estatutaria 1618 de 2013 y la Convención sobre los Derechos de las Personas en Situación de Discapacidad (2009). En consecuencia, para este Alto Tribunal el nuevo alcance del artículo 26 de la Ley 361 de 1997 se configura en la presencia de (i) una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial a mediano y largo plazo; (ii) una barrera para el trabajador de tipo actitudinal, social, cultural o económico, entre otras, y (iii) que estos elementos sean conocidos por el empleador al momento del despido, a menos que sean notorios para el caso.