Inclusión en nomina de pensión a personas con discapacidad bajo el efecto de la ley 1996 de 2019

La discapacidad es esa falta o limitación que puede presentar una persona de alguna facultad ya sea física o mental y que de cierta manera no le permite llevar a cabo una vida plena. En Colombia estamos en el proceso de entrada en vigor de la Ley 1996 de (2019) cuyo objetivo es establecer el procedi...

Full description

Autores:
Quintero Garcia, Yessica Paola
Bossa Hernandez, Jessica Lorena
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/20529
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/20529
Palabra clave:
pensión
invalidez
discapacidad
laboral
apoyo
pension
disability
work
support
disability
Derecho laboral -- Colombia
Pensiones civiles -- Colombia
Jubilación -- Legislación -- Colombia
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:La discapacidad es esa falta o limitación que puede presentar una persona de alguna facultad ya sea física o mental y que de cierta manera no le permite llevar a cabo una vida plena. En Colombia estamos en el proceso de entrada en vigor de la Ley 1996 de (2019) cuyo objetivo es establecer el procedimiento para que una persona con estas “limitaciones” pueda disfrutar de sus derechos de forma libre. En materia laboral y seguridad social, con la entrada en vigencia de esta nueva normatividad, nos encontramos con nuevos postulados y lo más importante, con un nuevo procedimiento que le da un giro de 180° a la declaratoria de discapacidad, a tal punto de dejar al arbitrio de la persona el querer o no ostentar dicha calidad. En este artículo se hace un breve recorrido de la normatividad en materia de derechos en personas discapacez y el cómo ha cambiado el proceso de su declaratoria, centrando la atención y los recursos en el derecho a la pensión de invalidez en este tipo de personas y más específicamente en el derecho al disfrute de ella, y no ser condicionado por un fondo de pensión.