Análisis jurídico sobre la existencia y conveniencia de un código procesal de ejecución de penas
La vigilancia del cumplimiento de la ejecución de la pena es un trámite que surge con posterioridad a la emisión de la sentencia condenatoria dentro de un proceso penal, una vez definida la responsabilidad de una persona en la comisión de una conducta punible, en donde la competencia atribuida inici...
- Autores:
-
GONZALEZ BARRERA, ZAMIR ORLANDO
CABEZAS BECERRA, LUZ JOHANA
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/28196
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/28196
- Palabra clave:
- Código
Procesal
Ejecución
Penas
Debido
Proceso
Notificación
Virtualidad
Nulidades
Procedural
Code
Execution
Sentences
Due
Process
Notification
Virtuality
Nullities
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La vigilancia del cumplimiento de la ejecución de la pena es un trámite que surge con posterioridad a la emisión de la sentencia condenatoria dentro de un proceso penal, una vez definida la responsabilidad de una persona en la comisión de una conducta punible, en donde la competencia atribuida inicialmente al juez de conocimiento en la etapa de juzgamiento, se desplaza hacia el Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad quien asume el conocimiento del proceso para verificar que la sanción impuesta en el fallo judicial se cumpla en los términos allí previstos. Actualmente existe un grado alto de incertidumbre frente al marco jurídico de esta etapa del proceso penal, por cuanto se desconoce en buena medida desde la naturaleza de esta actuación, el procedimiento, y la aplicación de las normas en el curso de la vigilancia de la pena en el trámite de la resolución y notificación de las providencias emitidas por el operador judicial. Así pues, resulta de cardinal importancia el examen de la Legislación Nacional que regula esta materia, principalmente en el aspecto procedimental para determinar si en la práctica la disposición de normas es la necesaria y conveniente para garantizar los derechos y prerrogativas de los actores jurídicos y todos aquellos que intervienen dentro del proceso penal. Corolario de lo anterior, se ha podido advertir como el Juez de Ejecución de Penas ha tenido que auscultar en buena parte del océano jurídico para armonizar las normas referentes a la ejecución de las condenas que no obedecen en su trámite a un código en particular, sino que subyacen a lo largo y ancho del sistema jurídico, en diferentes Leyes, lo cual genera en no pocas ocasiones conflictos a la hora de interpretar y aplicar las disposiciones en el trámite de la vigilancia de la pena, tanto en la verificación de su cumplimiento como en la resolución de las peticiones que formulan los condenados en el proceso penal, tanto los que se encuentran privados de la libertad en centros de reclusión o domicilio, como aquellos que se encuentran en libertad gozando de algún mecanismo sustitutivo de la pena. Lo anterior sumado a que es necesario aunado a los instrumentos de tipo legal, herramientas tecnológicas y físicas, lo que demanda de la inversión de recursos, para fortalecer el sistema judicial y así poder generar un mejor servicio de administración de justicia. |
---|