La garantía al acceso del agua potable como un derecho fundamental
Colombia se precia de ser un país que ha tenido en cuenta los lineamientos de los organismos internacionales, en cuanto a la defensa y preservación de los derechos de los seres humanos, dado que es suscriptor y adherente, como lo es con las Naciones Unidas, entidad a la cual se le tiene en cuenta, c...
- Autores:
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Novoa Briceño, José Abelardo
Ocampo Rambal, Jairo Enrique
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2015
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/7510
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/7510
- Palabra clave:
- ADMINISTRACION MUNICIPAL - COLOMBIA
ADMINISTRACION PUBLICA
DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
SERVICIOS PUBLICOS - COLOMBIA
AGUA - DERECHOS FUNDAMENTALES - COLOMBIA
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | Colombia se precia de ser un país que ha tenido en cuenta los lineamientos de los organismos internacionales, en cuanto a la defensa y preservación de los derechos de los seres humanos, dado que es suscriptor y adherente, como lo es con las Naciones Unidas, entidad a la cual se le tiene en cuenta, como órgano emisor de directrices encaminadas a proteger los derechos que tienen todas las personas en cuanto a su calidad de vida. En este sentido, es pertinente tener en cuenta que las Naciones Unidas, por medio de su Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establecieron, que el agua es un derecho en el siguiente contexto: 1. El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico. Un abastecimiento adecuado de agua salubre es necesario para evitar la muerte por deshidratación, para reducir el riesgo de las enfermedades relacionadas con el agua y para satisfacer las necesidades de consumo y cocina y las necesidades de higiene personal y doméstica. Pero aún así, el acceso al agua potable no ha estado en la agenda del legislador colombiano, toda vez, que no lo considera como un derecho humano, ni mucho menos fundamental, siendo a la luz de la supervivencia, un derecho vital. El hecho de no considerar el agua como un derecho fundamental en el marco constitucional colombiano, no significa que no sea un derecho vital para la supervivencia del ser humano, como se anota arriba, puesto que el derecho de acceso al agua potable tiene todos los requisitos para considerarse como tal, es decir, como un derecho fundamental. |
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