Cambios en los derechos de la sociedad patrimonial, cuando se transforma en sociedad conyugal por solemnidad matrimonial

Para los Estados, la noción jurídica de familia es importante, puesto que sobre ella construye una gran parte de su sistema jurídico, económico y administrativo en búsqueda de garantizar derechos en ámbitos como la salud, la educación, la vivienda, el empleo y otros componentes del bienestar. Partic...

Full description

Autores:
Bedoya Velásquez, Sara Lucía
Aguirre Davila, Yuli Natalie
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/24497
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/24497
Palabra clave:
Familia
Matrimonio
Sociedad Patrimonial
Unión Marital de Hecho
Unión Natural
Family
Marriage
Patrimonial Society
De facto Marital Union
Natural Union
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Para los Estados, la noción jurídica de familia es importante, puesto que sobre ella construye una gran parte de su sistema jurídico, económico y administrativo en búsqueda de garantizar derechos en ámbitos como la salud, la educación, la vivienda, el empleo y otros componentes del bienestar. Particularmente, en el derecho colombiano se definen y protegen dos formas de constituir una familia: la unión libre de dos personas que deciden convivir y compartir las responsabilidades económicas, jurídicas y emocionales que conlleva la vida familiar sin la solemnidad de un acto civil o religioso, denominada Unión Marital de Hecho y, mediante el Matrimonio de un hombre y una mujer que ante autoridad civil o eclesiástica manifiestan y formalizan su voluntad de conformar una sociedad conyugal y patrimonial que conduzca a la conformación de un grupo familiar. Ambas figuras pueden coexistir incluso en una misma pareja, pero las sociedades patrimoniales que crea cada figura son mutuamente excluyentes y ello incita al análisis de las posibles variaciones que puedan surgir en los derechos patrimoniales de los individuos cuando deciden hacer solemne su voluntad de unión y convivencia.