Análisis crítico a las acciones de grupo
La constitución de 1991, como respuesta a una sociedad en permanente peligro y buscando economía procesal trajo una herramienta importante en beneficio al grupo de personas que reunieran condiciones uniformes respecto de un daño, éstas tienen la posibilidad de acudir a la justicia por intermedio de...
- Autores:
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Sánchez Salcedo, Marlen Patricia
Alarcón Contreras, Yurly
Jerez, Sandra Milena
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2008
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/8812
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/8812
- Palabra clave:
- ACCIONES POPULARES ACCION Y DEFENSA (DERECHO) DERECHOS COLECTIVOS - ASPECTOS JURIDICOS - COLOMBIA
Indemnización judicial
Victimas
Daños y perjuicios
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | La constitución de 1991, como respuesta a una sociedad en permanente peligro y buscando economía procesal trajo una herramienta importante en beneficio al grupo de personas que reunieran condiciones uniformes respecto de un daño, éstas tienen la posibilidad de acudir a la justicia por intermedio de la Acción de Grupo o de clase; dicha Acción tiene un procedimiento que garantiza no solo la economía procesal descongestionando de esta manera los despachos judiciales y tramitándose en una sola demanda todas las pretensiones del grupo de personas lesionadas, su procedimiento es rápido, y la sentencia produce efectos para todos los integrantes del grupo que interpuso la Acción y 20 días después de producida las personas que no intervinieron en el proceso pero que cumplen las mismas condiciones puede integrarse a la sentencia y percibir la indemnización que los demás, aunque esta medida representa un beneficio para todas las víctimas del hecho, representa también un trato desigual para aquellas personas que intervinieron desde el principio aportando pruebas y encaminando sus esfuerzos al proceso, además de representar un menoscabo patrimonial para ellas, ya que el juez tasa una suma indemnizatoria para el grupo y al integrarse más personas la suma disminuye y merma los activos de los originarios en el proceso. Es por ello que aunque las Acciones de grupo representen un mecanismo fenomenal para resarcir un daño, presenta falencias y desventajas para las personas, por ende se hace necesario una solución que garantice la igualdad entre los que intervinieron desde el principio en el proceso y entre quienes no lo hicieron. |
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