La Vulneración al Principio del Debido Proceso en el Régimen Disciplinario Militar

Actualmente, se estipula que el derecho disciplinario estará en cabeza del Estado, con excepción de las “Fuerzas Militares”, las cuales conforme al artículo 217 Superior (1991), tendrán su propio “Código Disciplinario”. Esta situación diferencial, ha contribuido a que dentro de los procesos discipli...

Full description

Autores:
Cárdenas Botache, Jessica Fernanda
López Galán, María Angélica
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/25935
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/25935
Palabra clave:
Proceso disciplinario
Código Disciplinario Único
Código Disciplinario Militar
Debido Proceso
Profesional en Derecho
Disciplinary process
Unique disciplinary code
Military disciplinary code
Due process
Law professional
Debido proceso
Derecho procesal
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Actualmente, se estipula que el derecho disciplinario estará en cabeza del Estado, con excepción de las “Fuerzas Militares”, las cuales conforme al artículo 217 Superior (1991), tendrán su propio “Código Disciplinario”. Esta situación diferencial, ha contribuido a que dentro de los procesos disciplinarios se incurra en irregularidades y violaciones a las garantías mínimas de todo proceso, en tanto que no se exige como requisito el título en “Derecho” y experiencia previa. En este sentido, con la presente investigación, se busca establecer que la atribución de la competencia disciplinaria a los Oficiales del “Ejército Nacional”, conforme con el artículo 102 de la Ley 1862 emitida por el Congreso de la República de Colombia en el año 2017, para adelantar la investigación y sanción en un proceso disciplinario, careciendo de título profesional en “Derecho”, viola el “Principio del Debido Proceso”.