Inversion de la carga de la prueba en el delito de enriquecimiento ilicito de particulares
La carga dinámica de la prueba o dinamización de la carga probatoria ha, desde sus albores como institución, generado un debate: afecta de manera directa el derecho fundamental a la presunción de inocencia y al principio de no autoincriminación?, y es que desde la Constitución misma esa carga se ha...
- Autores:
-
Rodríguez, José
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/28880
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/28880
- Palabra clave:
- prueba
inversión
enriquecimiento
ilícito
carga
proof
dinamic
enrichment
illicit
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La carga dinámica de la prueba o dinamización de la carga probatoria ha, desde sus albores como institución, generado un debate: afecta de manera directa el derecho fundamental a la presunción de inocencia y al principio de no autoincriminación?, y es que desde la Constitución misma esa carga se ha impuesto a la Fiscalía General de la Nación, entidad que deberá asegurarse de contar con el material probatorio que demuestre la responsabilidad del acusado. En el tipo de Enriquecimiento ilícito de particulares (articulo 327 ley 599 de 2000) esa dinámica ha resultado admisible bajo el sistema acusatorio, argumentando la "igualdad de armas" que se presupone dentro del mismo. Resultó necesario estudiar el tipo penal en comento, no solo desde su actual redacción, sino desde la coyuntura que ha permeado la actualización del mentado articulo, y sus elementos. Se detecto que en Latinoamérica existe esa discrepancia entre académicos, doctrinantes y legisladores, frente a la legalidad de esa imposición procesal, encontrando que en Argentina, Chile y Ecuador, se siguen debatiendo los alcances jurisprudenciales de la dinámica de la carga de la prueba; pero además se evidencio que las raíces de la inversión probatoria provienen de pensadores europeos, por lo que también se acudió a la legislación de España e Italia, logrando conocer la evolución de esa pugna entre juristas. Logrando concluir que desde de la estricta óptica legal, la dinámica o la inversión de la carga de la prueba resulta violatoria del derecho fundamental a la presunción de inocencia. |
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