Evolución legal y jurisprudencial de la ineficacia de traslado para los regímenes pensionales
La Ley 100 de 1993, creó dos regímenes pensionales, el primero de ellos es prima media con prestación definida administrado por Colpensiones y el segundo, ahorro individual con solidaridad, administrado por los fondos privados, si bien se permite los traslados entre estos, el artículo 13 de la misma...
- Autores:
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Díaz Paez, Aura Katherine
Argumedo Romero, Gloria Janet
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/20368
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/20368
- Palabra clave:
- régimen de ahorro individual con solidaridad
régimen de prima media con prestación definida
principio de información
libertad de elección
traslado
ineficacia de traslado
pensionado
afiliado
régimen de transición
transition scheme
individual savings scheme with solidarity
average premium scheme with defined benefit
information principle
freedom of choice
member
pensioner
transfer ineffectiveness
Derecho laboral -- Colombia
Pensiones --Aspectos jurídicos --Colombia
Pensiones a la vejez -- Aspectos jurídicos -- Colombia
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | La Ley 100 de 1993, creó dos regímenes pensionales, el primero de ellos es prima media con prestación definida administrado por Colpensiones y el segundo, ahorro individual con solidaridad, administrado por los fondos privados, si bien se permite los traslados entre estos, el artículo 13 de la misma ley lo prohíbe para las personas que se encuentren en los últimos 10 años previos al cumplimiento de los requisitos de edad, lo que ha generado una gran cantidad de demandas laborales que pretenden se declare la ineficacia del traslado, argumentando que se omitió por parte de las administradoras de pensiones dar una información completa de las consecuencias positivas y negativas, que limitó la decisión libre y voluntaria del interesado y genero pérdida de beneficios pensionales, como lo es, la pérdida del régimen de transición y disminución de la mesada. En consecuencia, se origina un amplio desarrollo jurisprudencial, mediante sentencias de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, que permiten la declaratoria de la ineficacia en ciertas condiciones, generando efectos retroactivos ante la omisión del deber de información y en pro de la protección los beneficios pensionales del afiliado. |
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