Fallas de la reforma de la ley 797 de 2003 en la pensión de vejez vigente hoy en día en Colombia

El sistema pensional colombiano constituye la columna vertebral de la Seguridad Social. Tiene como objeto garantizar a la población de adultos mayores el goce de calidad de vida digna, atender las contingencias, o mejor, la cobertura de situaciones sociales desfavorables derivadas de la enfermedad,...

Full description

Autores:
Marin Ardila, Mateo
Buitrago, Jenny Elizabeth
Romero Figueroa, Paola Andrea
Danderino Navas, Elizabeth
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
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Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/10379
Palabra clave:
Laboral life
Old age
Retirement
Quality of life
Pension Reform
SISTEMA PENSIONAL
SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE TRABAJO
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
LEY 979 DE 2003
Vida laboral
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Jubilación
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Reforma Pensional
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description El sistema pensional colombiano constituye la columna vertebral de la Seguridad Social. Tiene como objeto garantizar a la población de adultos mayores el goce de calidad de vida digna, atender las contingencias, o mejor, la cobertura de situaciones sociales desfavorables derivadas de la enfermedad, incapacidad, muerte. Proporciona entre otros la atención a salud y mecanismos para garantizar ingresos durante la vejez en situaciones de invalidez a través del instrumento protector de la asistencia, previsión y ahorro. En la actualidad los principales problemas que ponen en riesgo este derecho, como son la realidad económica mundial, que incide en Colombia, los recursos financieros los cuales no son suficientes; hay insostenibilidad financiera, no hay seguridad macroeconómica que redunda indirectamente en las finanzas públicas y en las privadas para brindar una vejez digna. El sistema general de pensiones no tiene mayor cobertura, es baja, desigual e insostenible socialmente. Su baja cobertura se manifiesta en la informalidad laboral que no permite que los trabajadores cumplan con los requisitos de tiempo y monto, falta alternativas laborales que abarquen la población vulnerable que no obtiene un ingreso que les permita el alcance a una pensión de vejez. Los fines esenciales del Estado de Derecho y los fines del Estado Social de Derecho deben ser orientados a cumplir los derechos fundamentales consagrados solemnemente en la Constitución Política de 1991, ya sea administrativamente, por vía del poder, o por la vía judicial, o por leyes aprobadas por la Rama Legislativa, buscando el anhelo siempre del interés general salvaguardando el derecho de protección, e inclusión de las personas menos favorecidas. Es una realidad que se va avanzando en aspectos normativos, dentro del marco de la economía de mercado de un sistema neoliberal, donde solo se mira el valor económico por su capacidad de pago en cada persona en atención a su competitividad. El Sistema General de Pensiones es una muestra neoliberal, por cuanto la garantía de las pensiones está basada en las cotizaciones de los afiliados y de sus empleadores, exclusivamente, toda vez que desapareció la figura tripartita en el pago de la misma.
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En la actualidad los principales problemas que ponen en riesgo este derecho, como son la realidad económica mundial, que incide en Colombia, los recursos financieros los cuales no son suficientes; hay insostenibilidad financiera, no hay seguridad macroeconómica que redunda indirectamente en las finanzas públicas y en las privadas para brindar una vejez digna. El sistema general de pensiones no tiene mayor cobertura, es baja, desigual e insostenible socialmente. Su baja cobertura se manifiesta en la informalidad laboral que no permite que los trabajadores cumplan con los requisitos de tiempo y monto, falta alternativas laborales que abarquen la población vulnerable que no obtiene un ingreso que les permita el alcance a una pensión de vejez. Los fines esenciales del Estado de Derecho y los fines del Estado Social de Derecho deben ser orientados a cumplir los derechos fundamentales consagrados solemnemente en la Constitución Política de 1991, ya sea administrativamente, por vía del poder, o por la vía judicial, o por leyes aprobadas por la Rama Legislativa, buscando el anhelo siempre del interés general salvaguardando el derecho de protección, e inclusión de las personas menos favorecidas. Es una realidad que se va avanzando en aspectos normativos, dentro del marco de la economía de mercado de un sistema neoliberal, donde solo se mira el valor económico por su capacidad de pago en cada persona en atención a su competitividad. El Sistema General de Pensiones es una muestra neoliberal, por cuanto la garantía de las pensiones está basada en las cotizaciones de los afiliados y de sus empleadores, exclusivamente, toda vez que desapareció la figura tripartita en el pago de la misma.The Colombian pension system is the backbone of Social Security. Its purpose is to guarantee the elderly population the enjoyment of a decent quality of life, attend to the contingencies, or better, coverage of unfavorable social situations resulting from illness, disability, death. It provides, among other things, health care and mechanisms to guarantee income during old age in situations of disability through the instrument of protection, care and savings. At present, the main problems that put this right at risk, such as the world economic reality, which affects Colombia, the financial resources are not enough; There is financial unsustainability, there is no macroeconomic security that indirectly results in public finances and private finances to provide a dignified old age. The general pension system has no greater coverage, is low, unequal and unsustainable socially. Their low coverage is manifested in the informal work that does not allow workers to meet the requirements of time and amount, there is a lack of labor alternatives that cover the vulnerable population that does not obtain an income that allows them to reach an old age pension. The essential purposes of the Rule of Law and the purposes of the Social State of Law must be directed to fulfill the fundamental rights solemnly enshrined in the Political Constitution of 1991, either administratively, by power, or by judicial means, or by laws Approved by the Legislative Branch, always seeking the general interest, safeguarding the right of protection, and inclusion of the least favored people. It is a reality that progresses in normative aspects, within the framework of the market economy of a neoliberal system, where only the economic value is looked at by its capacity of payment in each person in view of its competitiveness. The General Pension System is a neoliberal sample, since pension guarantees are based on the contributions of members and their employers, exclusively, since the tripartite figure disappeared in the payment of the same.PDFapplication/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Fallas de la reforma de la ley 797 de 2003 en la pensión de vejez vigente hoy en día en ColombiaLaboral lifeOld ageRetirementQuality of lifePension ReformSISTEMA PENSIONALSEGURIDAD SOCIALMINISTERIO DE TRABAJOCONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIALEY 979 DE 2003Vida laboralVejezJubilaciónCalidad de VidaReforma PensionalTesis de Pregradoinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisAlessandri R., Arturo; Somarriva U., Manuel & Vodanovic H., Antonio. (1998). Tratado de Derecho Civil. Partes preliminar y general. Tomo I. Editorial Jurídica de Chile.Arenas M., Gerardo. (2011). El derecho Colombiano de la Seguridad Social. Bogotá: Legis.Arenas M., Gerardo & Otros. (2003). Comentarios a las reformas laboral y de seguridad social. Ley 776 de 2002. Ley 789 de 2002. Ley 797 de 2003. Legis.Díaz M., Carlos A. (2014). Pensión de invalidez de origen mixto y responsabilidad económica de las aseguradoras, en el sistema pensional colombiano. Universidad Antioquia.Gómez S., Francisco. (2015). Constitución Política de Colombia de 1991. Bogotá: Editorial Leyer.Jaramillo J. Iván D. (2013). Traslados y recuperación del régimen de transición pensional en la jurisprudencia laboral. Bogotá: Universidad del Rosario.Medina P., Lucia & Avirama, Juan C. (2011). El impacto del Acto Legislativo 01 de 2005 en la prórroga de la convención colectiva de trabajo de la industria licorera del Cauca. Un estudio de caso. Universidad de San Buenaventura seccional Cali: Especialización en Seguridad Social. Cali.Molina R., Carlos. 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Rodrigo Escobar Gil.Corte Constitucional. Sentencia C-789 de 2002. M.P. Rodrigo Escobar Gil.Corte Constitucional. Sentencia T-005 de 1995. M.P. Eduardo Cifuentes Muños.Corte Constitucional. Sentencia C-168 de 1995. M.P. Carlos Gaviria Díaz.Congreso de la República. Acto Legislativo 01 del 2005. “Por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política”. En: Diario Oficial N° 45980 de julio 25 de 2005.Congreso de la República. Ley 797 de 2003. “Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales”. En: Diario Oficial N° 45.079 de 29 de enero de 2003.Congreso de la República. Ley 100 de 1993. “Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones". En: Diario Oficial N° 41.148, de 23 de diciembre de 1993.Congreso de la República. Ley 33 de 1985. “Por la cual se dictan algunas medidas en relación con las Cajas de Prevención y con las prestaciones sociales para el Sector Público”. En: Diario Oficial Nº 36856 del 13 de febrero de 1985.Arrieta M., Cristina I. (2011). Las reformas del sistema pensional colombiano. Friedrich Ebert Stiftung en Colombia – Fescol. Extraíble en: http://library.fes.de/pdffiles/bueros/kolumbien/08859.pdfCastro H., Carlos E. (2015). Salud y Seguridad Social: Un breve comparativo de cinco países de América Latina. FESCOL. Extraíble en: http://library.fes.de/pdffiles/bueros/kolumbien/09229.pdfCentral Unitaria de Trabajadores. (s.f.). La historia del derecho a la pensión en Colombia. Extraíble en: http://cut.org.co/la-historia-del-derecho-a-la-pension-en-colombia/Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla. (2011). Novedades en el Sistema General de Riesgos Profesionales. Bogotá: Ministerio de Protección Social. 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