Justicia penal militar - justicia especial - conflicto de jurisdicción disparidades en la praxis al acudir ante el órgano constitucional que dirime conflictos de jurisdicción entre justicia penal militar y justicia penal ordinaria

Determinar en Colombia el “juez natural” para el conocimiento de un determinado asunto en materia penal cuando las jurisdicciones penales ordinaria y penal militar y policial lo reclaman o la excluyen, ha sido delegado por la constitución política de Colombia de 1991 de manera excepcional y transito...

Full description

Autores:
Esteban Rincon, Lenin Manuel
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/17624
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/17624
Palabra clave:
Justicia penal militar
Justicia penal ordinaria
Derecho
Military criminal justice
Conflict of jurisdiction
Natural judge
Superior council of the judiciary
Disparities
Praxis
Ordinary criminal justice
Derecho militar
Jurisdicción
Funcionarios públicos
Justicia penal militar
Conflicto de jurisdicción
Juez natural
Consejo superior de la judicatura
Disparidades
Praxis
Justicia penal ordinaria
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Determinar en Colombia el “juez natural” para el conocimiento de un determinado asunto en materia penal cuando las jurisdicciones penales ordinaria y penal militar y policial lo reclaman o la excluyen, ha sido delegado por la constitución política de Colombia de 1991 de manera excepcional y transitoria al extinguido y posteriormente resucitado consejo superior de la judicatura. Loable resulta señalar que en Colombia además de la justicia ordinaria penal existe una justicia penal especial encargada de investigar y juzgar a los miembros de la fuerza pública, -militares y policías- quienes en servicio activo lleven a cabo conductas reprochables penalmente que se deriven de la labor o misión endilgada a estos en la carta política, en las leyes o reglamentos, es decir, que ese actuar tiene que guardar relación con el servicio. Se percibe desde luego, que no hay unanimidad por parte de los integrantes de la sala del consejo superior de la judicatura en estos aspectos, donde atendiendo al magistrado ponente impera una postura o la otra, dejando luctuosamente al azar un asunto magnánimo como este. esta inseguridad jurídica producto de la disparidad en criterios en la praxis judicial en Colombia, ha llevado que la falta de decisiones de fondo en un conflicto de competencias de jurisdicciones entre la justicia penal militar y la justicia penal ordinaria contribuya a la congestión por demora judicial y afecte derechos fundamentales, entre otros, la dignidad humana del receptor de la ley penal –miembro de la fuerza pública-, transgresión al debido proceso, vulneración al principio del juez natural y al principio de no ser sometido a dos investigaciones penales por los mismos hechos.