Tensión entre el poder público legislativo y el control fiscal, en la Constitución Política de 1991
El presente trabajo busca analizar y demostrar las tensiones originadas entre la institucionalidad del control fiscal y el Poder Público Legislativo, por la expedición de normas que posiblemente limitan su autonomía e independencia funcional. Además, investigar a través del análisis del Estado socia...
- Autores:
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Nigrinis De La Hoz, Jorge Luis
- Tipo de recurso:
- Doctoral thesis
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
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- OAI Identifier:
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- Acceso en línea:
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- Palabra clave:
- Poder público
Auditoría fiscal
Derecho
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El presente trabajo busca analizar y demostrar las tensiones originadas entre la institucionalidad del control fiscal y el Poder Público Legislativo, por la expedición de normas que posiblemente limitan su autonomía e independencia funcional. Además, investigar a través del análisis del Estado social y democrático de derecho, la institucionalidad del control fiscal, para establecer si es o no pilar fundamental del sistema de pesos y contrapesos. La institucionalidad estatal colombiana, tiene establecido un mecanismo consubstancial a la existencia del Estado, como es la función de control fiscal, que contribuye a consolidar su proceso de legitimación. Como una desafortunada característica de la democracia contemporánea, se registra un decreciente desarrollo orgánico y una ilegitimidad funcional de los poderes públicos; auspiciada por el sufragio universal de una ciudadanía que cada día cree menos en los integrantes del Poder Público Legislativo colombiano; hoy por hoy, objeto de señalamientos y críticas por el aumento de las condenas y sanciones judiciales disciplinarias a las que se han hecho acreedores. En este contexto, puede afirmarse que la función de control político actualmente es ejercida por un Poder Público Legislativo cada vez más deslegitimado. De hecho, las actuaciones son de un porcentaje superior al 35% de sus miembros, en la pasada conformación de ese cuerpo colegiado; está al margen de la ley. Ello es comprobado por las condenas que determinan su responsabilidad en la ocurrencia de delitos. Esa situación pone de manifiesto un inconformismo generalizado, frente a las acciones que han debido adelantarse para depurar y disciplinar al Poder Público Legislativo colombiano. A la luz de estas digresiones, nadie niega que “la existencia de una amplia y eficaz red de controles sea un elemento indispensable del Estado Constitucional democrático”1. Sin embargo, la debilidad de algunos de ellos, en especial el de control político2, que sólo se ha enfocado en debates ideológicos;3 no ha procurado que las afectaciones económicas de esos descalabros, se traduzcan en medidas sancionatorias/resarcitorias hacia el patrimonio público, tendiente a mantener su indemnidad. Lo que resulta ser un grave problema que debe ser solucionado. La función de control fiscal ha sido elevada a rango constitucional, a partir de la Constitución Política de 1991, desagregada desde la ley, para la evaluación de la gestión fiscal de servidores públicos y/o particulares, que administren bienes o recursos del Estado. Eso producido, desde el análisis de los efectos de la aplicación de las atribuciones de los poderes públicos del Estado colombiano y de la función pública de control fiscal. A fin de determinar la existencia de tensiones constitutivas de limitantes a este último. Si ellas tienen la entidad de evitar el ejercicio adecuado de tal función, objeto de la presente investigación. Para tal propósito, se plantea un examen orientado a la caracterización de elementos conceptuales que permitan el conocimiento de las debilidades del sistema actual, desde la determinación del establecimiento y accionar de la Función Constitucional, Administrativa y Orgánica de este control. Puntualmente analizar cuál es la funcionalidad de un sistema que no previene el inadecuado manejo de los recursos públicos |
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Matías Camargo, SergioNigrinis De La Hoz, Jorge LuisBogotá2018-10-12T19:23:07Z2018-10-12T19:23:07Z2018https://hdl.handle.net/10901/11662instname:Universidad Librereponame:Repositorio Institucional Universidad LibreEl presente trabajo busca analizar y demostrar las tensiones originadas entre la institucionalidad del control fiscal y el Poder Público Legislativo, por la expedición de normas que posiblemente limitan su autonomía e independencia funcional. Además, investigar a través del análisis del Estado social y democrático de derecho, la institucionalidad del control fiscal, para establecer si es o no pilar fundamental del sistema de pesos y contrapesos. La institucionalidad estatal colombiana, tiene establecido un mecanismo consubstancial a la existencia del Estado, como es la función de control fiscal, que contribuye a consolidar su proceso de legitimación. Como una desafortunada característica de la democracia contemporánea, se registra un decreciente desarrollo orgánico y una ilegitimidad funcional de los poderes públicos; auspiciada por el sufragio universal de una ciudadanía que cada día cree menos en los integrantes del Poder Público Legislativo colombiano; hoy por hoy, objeto de señalamientos y críticas por el aumento de las condenas y sanciones judiciales disciplinarias a las que se han hecho acreedores. En este contexto, puede afirmarse que la función de control político actualmente es ejercida por un Poder Público Legislativo cada vez más deslegitimado. De hecho, las actuaciones son de un porcentaje superior al 35% de sus miembros, en la pasada conformación de ese cuerpo colegiado; está al margen de la ley. Ello es comprobado por las condenas que determinan su responsabilidad en la ocurrencia de delitos. Esa situación pone de manifiesto un inconformismo generalizado, frente a las acciones que han debido adelantarse para depurar y disciplinar al Poder Público Legislativo colombiano. A la luz de estas digresiones, nadie niega que “la existencia de una amplia y eficaz red de controles sea un elemento indispensable del Estado Constitucional democrático”1. Sin embargo, la debilidad de algunos de ellos, en especial el de control político2, que sólo se ha enfocado en debates ideológicos;3 no ha procurado que las afectaciones económicas de esos descalabros, se traduzcan en medidas sancionatorias/resarcitorias hacia el patrimonio público, tendiente a mantener su indemnidad. Lo que resulta ser un grave problema que debe ser solucionado. La función de control fiscal ha sido elevada a rango constitucional, a partir de la Constitución Política de 1991, desagregada desde la ley, para la evaluación de la gestión fiscal de servidores públicos y/o particulares, que administren bienes o recursos del Estado. Eso producido, desde el análisis de los efectos de la aplicación de las atribuciones de los poderes públicos del Estado colombiano y de la función pública de control fiscal. A fin de determinar la existencia de tensiones constitutivas de limitantes a este último. Si ellas tienen la entidad de evitar el ejercicio adecuado de tal función, objeto de la presente investigación. Para tal propósito, se plantea un examen orientado a la caracterización de elementos conceptuales que permitan el conocimiento de las debilidades del sistema actual, desde la determinación del establecimiento y accionar de la Función Constitucional, Administrativa y Orgánica de este control. Puntualmente analizar cuál es la funcionalidad de un sistema que no previene el inadecuado manejo de los recursos públicosThe present work seeks to analyze and demonstrate the tensions originated between the institutionalization of fiscal control and the Legislative Public Power, by the issuance of norms that possibly limit their autonomy and functional independence. Also investigate through the analysis of the social and democratic state of law, the institutionality of fiscalcontrol, to establish whether or not it is a fundamental pillar of the system of checks and balances. The Colombian state institutions have established a mechanism that is consubstantial to theexistence of the State, as is the function of fiscal control, which contributes to consolidate its process of legitimation. As an unfortunate characteristic of contemporary democracy, there is a decreasing organic development and a functional illegitimacy of the public powers; sponsored by the universal suffrage of a citizenship that every day believes less in the members of the Colombian Legislative Public Power; today, object of accusations and criticism for the increase in sentences and judicial-disciplinary sanctions to which they have become creditors. In this context, it can be affirmed that the function of political control is currently exercised by a Legislative Public Power that is increasingly delegitimized. In fact, the actions are of a percentage higher than 35% of its members, in the last conformation of that collegiate body; it is outside the law. This is proven by the sentences that determine their responsibility in the occurrence of crimes. This situation reveals a widespread nonconformity, as opposed to the actions that have had to be taken to purge and discipline the Colombian Legislative Public Power. In light of these digressions, no one denies that "the existence of a broad and effective network of controls is an indispensable element of the democratic Constitutional State." However, the weakness of some of them, especially the one of political control, which has only focused on ideological debates; it has not sought to ensure that the economic effects of these setbacks are translated into sanctioning / compensatory measures towards the public patrimony, in order to maintain its indemnity. What turns out to be a serious problem that must be solved. The fiscal control function has been elevated to constitutional rank, starting with the Political Constitution of 1991, disaggregated by law, for the evaluation of the fiscal management of public and / or private servants, who administer goods or resources of the State. That produced, from the analysis of the effects of the application of the attributions of the public powers of the Colombian State and of the public function of fiscal control. In order to determine the existence of tensions constitutive of limitations to the latter. If they have the entity to avoid the proper exercise of such a function, object of the present investigation. For such purpose, an examination oriented to the characterization of conceptual elements that allow the knowledge of the weaknesses of the current system, from the determination of the establishment and action of the Constitutional, Administrative and Organic Function of this control, is proposed. Punctually analyze what is the functionality of a system that does not prevent the inadequate management of public resourcesPDFapplication/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Poder públicoAuditoría fiscalDerechoLegislative powerSystem of weights and counterweightsPublic resourcesComptrollershipsCorruptionTESIS DOCTORADOCONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIACONTROL FISCALESTADO SOCIAL DE DERECHOPODER PÚBLICO LEGISLATIVOPoder legislativoSistema de pesos y contrapesosRecursos públicosCorrupciónContraloríasTensión entre el poder público legislativo y el control fiscal, en la Constitución Política de 1991Tesis de Doctoradoinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_db06info:eu-repo/semantics/doctoralThesisALVA, Carlos. Estudio comparado entre el derecho azteca y el derecho positivo. 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Bogotá: Expediente: D-10455. .COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-364 [M.P. Eduardo Montealegre Lynett] (2, abril, 2001). Bogotá: Expediente: D-3182. .COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-374 [M.P. Antonio Barrera Carbonell] (24, agosto, 1995). Bogotá: Expediente: D-761.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-113 [M.O. José Gregorio Hernández Galindo] (24, febrero, 1999). Bogotá: Expediente: D-2151. .COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-284 [M.P. Mauricio González Cuervo] (13, mayo, 2015). Bogotá: Expediente: D-10455. .COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-364 [M.P. Eduardo Montealegre Lynett] (2, abril, 2001). Bogotá: Expediente: D-3182. .COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-374 [M.P. Antonio Barrera Carbonell] (24, agosto, 1995). Bogotá: Expediente: D-761.COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-461 [M.P. Nilson Pinilla Pinilla] (17, julio, 2013). Bogotá: Expediente: D-9446. .COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-579 [M.P. 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