La perspectiva jurisprudencial de la planeación en la contratación estatal

El Estatuto General de Contratación de la Administración Pública se fundamenta en unos principios que orientan la contratación estatal, los cuales se extienden y son de obligatorio cumplimiento para aquellas entidades estatales que cuentan con un régimen de contracción especial. A través de la doctr...

Full description

Autores:
Medina Ibarra, Sandra
Hurtado Suárez, Julio Ernesto
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
spa
OAI Identifier:
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Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/18555
Palabra clave:
Perspectiva jurisprudencial
Contratación estatal
Derecho
Planning principle
Jurisprudence
State Contracting
Contratación ( trabajo)
Contrato de aprendizaje
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Jurisprudencia
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description El Estatuto General de Contratación de la Administración Pública se fundamenta en unos principios que orientan la contratación estatal, los cuales se extienden y son de obligatorio cumplimiento para aquellas entidades estatales que cuentan con un régimen de contracción especial. A través de la doctrina y la jurisprudencia se ha ido desarrollando un principio que hoy es el centro de atención de la opinión pública, ya que muchos de los actos de corrupción denunciados, de las obras inconclusas, de las decisiones judiciales que ponen fin a controversias contractuales giran en torno a la inobservancia o violación del principio de planeación. Su estudio debe abordarse desde la perspectiva jurisprudencial del Consejo de Estado ya que su desarrollo ha sido jurisprudencial. Su comprensión y alcance permite a las entidades estatales orientar sus procesos de contratación previendo situaciones jurídicas, técnicas, económicas y financieras que pueden afectar la satisfacción de sus necesidades y por ende el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados
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Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, agosto 13, 2008, C.P.: M. G. De Escobar, Sentencia 1995-09126/21484, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, abril 14, 2010, C.P.: M. Fajardo, Sentencia 1993-09448/16432, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, enero 31, 2011, C.P.: O. M. Valle, Sentencia 1995-00867/17767, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, febrero 15, 2012, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 2000-00202/19730, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, febrero 28, 2013, C.P.: S. C. Díaz, Sentencia 1997-13978/25802, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, marzo 28, 2012, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 1999-00536/22471, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, mayo 28, 2012, C.P.: R. S. Correa, Sentencia 1999-00546/21489, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, junio 13, 2013, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 1998-00685/26637, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, marzo 27, 2014, C.P.: M. Fajardo, Sentencia 1999-02326/24454, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, marzo 27, 2014, C.P.: M. Fajardo, Sentencia 1996-08864/24845, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, junio 11, 2014, C.P.: H. Andrade, Sentencia 2000-01764/34649, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, febrero 13, 2015, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 2000-00196/30161, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, abril 29, 2015, C.P.: O. M. Valle, Sentencia 2002-00372/29201, [Colom.].
Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, enero 27, 2016, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 2011-00021/54415, [Colom.].
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Su estudio debe abordarse desde la perspectiva jurisprudencial del Consejo de Estado ya que su desarrollo ha sido jurisprudencial. Su comprensión y alcance permite a las entidades estatales orientar sus procesos de contratación previendo situaciones jurídicas, técnicas, económicas y financieras que pueden afectar la satisfacción de sus necesidades y por ende el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administradosThe General Statute of Public Administration Contracting is based on the principles that guide state contracting, which extend and are mandatory for the mandatory bodies that have a special contraction regime. Through doctrine and jurisprudence, the movement has left a principle that today is the center of attention of public opinion, since many of the reported acts of corruption, of the unfinished works, of the judicial decisions that put an end to Contractual controversies revolve around the non-observance or attack of the planning principle. Its study must approach from the jurisprudential perspective of the Council of State and its development has been jurisprudential. Its understanding and scope allows state entities to guide their contracting processes by anticipating legal, technical, economic and financial situations that may affect the satisfaction of their needs and therefore compliance with political fines, the continuous and efficient provision of public services. and the problems of the rights and interests of the administered.PDFapplication/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Perspectiva jurisprudencialContratación estatalDerechoPlanning principleJurisprudenceState ContractingContratación ( trabajo)Contrato de aprendizajePrincipio de planeaciónJurisprudenciaContratación EstatalLa perspectiva jurisprudencial de la planeación en la contratación estatalTesis de Especializacióninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisAmaya, C. (2016). El principio de planeación en la contratación estatal, un principio no tipificado. Revista Vía Iuris, 20, pp. 105-119.Cárdenas, O. A. (2016). Contratación electrónica en las transacciones con bitcoins en Colombia. Revista Academia & Derecho, 7 (13), 265-308.Colombia. Ley 30 de 1992. Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior. Diciembre 29 de 1992. D.O. núm. 40700.Colombia. Ley 31 de 1992. Por la cual se dictan las normas a las que deberá sujetarse el Banco de la República para el ejercicio de sus funciones, el Gobierno para señalar el régimen de cambio internacional, para la expedición de los Estatutos del Banco y para el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control del mismo, se determinan las entidades a las cuales pasarán los Fondos de Fomento que administra el Banco y se dictan otras disposiciones. Enero 4 de 1993. D.O. núm. 40707.Colombia. Ley 80 de 1993. Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Octubre 28 de 1993. D.O. núm. 41094.Colombia. Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. Diciembre 23 de 1993. D.O. núm. 41148.Colombia. Ley 118 de 2006. Por la cual se modifica la naturaleza jurídica de Ecopetrol S. A. y se dictan otras disposiciones. Diciembre 27 de 2006. D.O. núm. 46494.Colombia. Ley 142 de 1994. Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. Julio 11 de 1994. D.O. núm. 41433.Colombia. Ley 143 de 1994. Por la cual se establece el régimen para la generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional, se conceden unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones en materia energética. Julio 12 de 1994. D.O. núm. 41434.Colombia. Ley 734 de 2002. 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Fajardo, Sentencia 1997-06303/23003, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, agosto 13, 2008, C.P.: M. G. De Escobar, Sentencia 1995-09126/21484, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, abril 14, 2010, C.P.: M. Fajardo, Sentencia 1993-09448/16432, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, enero 31, 2011, C.P.: O. M. Valle, Sentencia 1995-00867/17767, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, febrero 15, 2012, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 2000-00202/19730, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, febrero 28, 2013, C.P.: S. C. Díaz, Sentencia 1997-13978/25802, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, marzo 28, 2012, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 1999-00536/22471, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, mayo 28, 2012, C.P.: R. S. Correa, Sentencia 1999-00546/21489, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, junio 13, 2013, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 1998-00685/26637, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, marzo 27, 2014, C.P.: M. Fajardo, Sentencia 1999-02326/24454, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, marzo 27, 2014, C.P.: M. Fajardo, Sentencia 1996-08864/24845, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, junio 11, 2014, C.P.: H. Andrade, Sentencia 2000-01764/34649, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, febrero 13, 2015, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 2000-00196/30161, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, abril 29, 2015, C.P.: O. M. Valle, Sentencia 2002-00372/29201, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, enero 27, 2016, C.P.: J. O. Santofimio, Sentencia 2011-00021/54415, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, enero 28, 2016, C.P.: M. N. Velásquez, Sentencia 2003-01742/34454, [Colom.].Consejo de Estado [C.E.], Sección Tercera, marzo 9, 2016, C.P.: C. A. 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