Las obligaciones del estado colombiano en materia de protección y garantía de los derechos de los defensores de derechos humanos.
En Colombia, hay un inminente aumento de violaciones de derechos humanos que son principalmente notorios en las poblaciones vulnerables, en las minorías y, sobre todo, en las víctimas del conflicto armado. El Estado no es diligente de hacer valer nuestros derechos como ciudadanos de este país, surge...
- Autores:
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Jaimes Castañeda, Luciana Valentina
Gutiérrez Moreno, Juliana Marcela
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Francisco de Paula Santander
- Repositorio:
- Repositorio Digital UFPS
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.ufps.edu.co:ufps/8895
- Acceso en línea:
- https://repositorio.ufps.edu.co/handle/ufps/8895
- Palabra clave:
- Derechos humanos
Defensores de los derechos humanos
Protección
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Summary: | En Colombia, hay un inminente aumento de violaciones de derechos humanos que son principalmente notorios en las poblaciones vulnerables, en las minorías y, sobre todo, en las víctimas del conflicto armado. El Estado no es diligente de hacer valer nuestros derechos como ciudadanos de este país, surgen en medio de los vulnerados, personas con la convicción de la búsqueda de la justicia que deciden ser la voz de un grupo de personas afectadas. Los defensores de los derechos han visto la cruda realidad de verse desamparados por el mismo país que los vio nacer; y de la misma forma que luchan por los demás, luchan por sí mismos, reclaman que les sea protegida la vida, la integridad y la seguridad. Se planteó como objetivo principal analizar los estándares de protección y garantía de los defensores de derechos humanos en el estado colombiano. Se llegó a la conclusión de que el ordenamiento jurídico colombiano tiene el deber de cumplir con los protocolos que se establecen en los estándares internacionales como los tratados de derechos humanos. Adicionalmente, en el artículo 2 de la Convención interamericana DDHH, señala que el estado parte deben adecuar su ordenamiento jurídico a lo establecido en la convención. |
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