Incidencia de la posición de garante frente a los eximentes de responsabilidad en Colombia: casos de soldados conscriptos

El servicio militar obligatorio en Colombia tiene su sustento jurídico en el artículo 216 de la Constitución Política de 1991, surgiendo para el Estado una posición de garante con los soldados conscriptos al doblegar su voluntad para servir a la patria en virtud del mandato constitucional, debiendo...

Full description

Autores:
Avendaño Cáceres, Angie Alejandra
Badillo Vergel, Wendi Dayana
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Francisco de Paula Santander
Repositorio:
Repositorio Digital UFPS
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.ufps.edu.co:ufps/5478
Acceso en línea:
http://repositorio.ufps.edu.co/handle/ufps/5478
Palabra clave:
Soldados
Soldados
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Description
Summary:El servicio militar obligatorio en Colombia tiene su sustento jurídico en el artículo 216 de la Constitución Política de 1991, surgiendo para el Estado una posición de garante con los soldados conscriptos al doblegar su voluntad para servir a la patria en virtud del mandato constitucional, debiendo proteger los de todos los posibles daños antijurídicos que estos puedan padecer durante la prestación del servicio. Sin embargo, debido al conflicto armado y a las diversas situaciones externas que se presentan en el país, en algunas ocasiones estos jóvenes resultan lesionados, razón por la cual, acuden ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para obtener la reparación patrimonial del daño, siendo en este punto donde los eximentes de responsabilidad son alegados por la entidad demandada para exonerarse de responsabilidad, no obstante, dichos eximentes en algunas ocasiones no son estudiados a profundidad por parte del máximo órgano de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, motivando sus sentencias con base en la posición de garante para condenar al pago de condenas patrimoniales, sin tener en cuenta el eximente alegado.