Desnaturalización del preacuerdo por marginalidad, ignorancia y pobreza extrema de la ley 906 de 2004
El estudio de la figura de los preacuerdos como mecanismo de terminación anticipada de los procesos penales, se determina en este, un acuerdo de voluntades entre la fiscalía y el imputado o acusado para el beneficio de la rebaja de la pena a imponer, cumpliendo las características especiales que tra...
- Autores:
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Rivera-Sánchez, Liliana María
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Católica de Oriente
- Repositorio:
- Repositorio UCO
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uco.edu.co:20.500.13064/1725
- Acceso en línea:
- https://repositorio.uco.edu.co
https://repositorio.uco.edu.co/jspui/handle/20.500.13064/1725
- Palabra clave:
- Preacuerdo
Ficción Jurídica
Marginalidad
Ignorancia
Pobreza Extrema
Victimas
Fiscalía General de la Nación
Argumentos Facticos
Mínimo Probatorio
Terminación anticipada
Pre-agreement
Legal Fiction
Marginality
Ignorance
Extreme Poverty
Victims
Attorney General's Office
Factual Arguments
Minimum Probative Minimum
Early Termination
Marginalidad social
Marginados sociales
Integración social
Problemas sociales
Pobreza
Desigualdad social
Ingresos mínimos garantizados
Justicia social
- Rights
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | El estudio de la figura de los preacuerdos como mecanismo de terminación anticipada de los procesos penales, se determina en este, un acuerdo de voluntades entre la fiscalía y el imputado o acusado para el beneficio de la rebaja de la pena a imponer, cumpliendo las características especiales que trae a colación la figura en mención; planteando en este artículo el análisis del preacuerdo por marginalidad, ignorancia y pobreza extrema del artículo 56 de Código Penal como atenuante de menor punibilidad, poniendo de presente las interpretaciones que hizo la Corte Constitucional y la Fiscalía General de Nación en distintos momentos, pero que a su vez llevan a la desnaturalización de los preacuerdos por querer aumentar un requisito o un literal a las finalidades de los preacuerdos y dando una interpretación diferente de la figura a la que el legislador quiso dar a entender al momento de su creación, poniendo como requisito adicional para la presentación del preacuerdo un mínimo probatorio para su aceptación por parte del Juez de Conocimiento. |
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