Prisión perpetua, una mirada desde el factor resocializador que tiene la pena en Colombia
Una vez Montesquieu expresó que “una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa”. Pero entonces, ¿Qué sucede cuando diferentes leyes que predican justicia pretenden prevalecer una sobre otra?, ¿Qué pasa cuando estas versan sobre principios del derecho? Y es que dignidad h...
- Autores:
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Vélez-Cardona, Mariana
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Católica de Oriente
- Repositorio:
- Repositorio UCO
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uco.edu.co:20.500.13064/1744
- Acceso en línea:
- https://repositorio.uco.edu.co
https://repositorio.uco.edu.co/jspui/handle/20.500.13064/1744
- Palabra clave:
- Derechos humanos
Fines de la pena
Política y gobierno
Estado social de derecho
Populismo punitivo
Human Rights
Aims of punishment
Politics and government
Social rule of law
Punitive populism
Derecho humanitario
Derechos humanos
Estado de derecho
Libertad
Igualdad
Democracia
Desigualdad social
Política social
Estado social
- Rights
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/co/
Summary: | Una vez Montesquieu expresó que “una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa”. Pero entonces, ¿Qué sucede cuando diferentes leyes que predican justicia pretenden prevalecer una sobre otra?, ¿Qué pasa cuando estas versan sobre principios del derecho? Y es que dignidad humana, justicia y libertad, pilares del estado social de derecho, entran a jugar el papel principal en el eterno debate entre la necesidad de imponer una pena tan severa como lo es la prisión perpetua y la obvia necesidad de proteger los derechos de los menores sometidos a conductas degradantes que tendrán que conllevar una sanción ejemplar. Pero habrá que resaltar que se trata de un tema polémico, sin embargo, no uno novedoso. Es que el debate entre aquellos que se muestran a favor de la implementación de dicha pena y aquellos que la condenan trae un recorrido amplio desde que entró a regir la Constitución de 1991, además de una carga política innegable que en reiteradas ocasiones ha prevalecido mucho más que el enfoque jurídico, el cual debería tener mayor peso, e incluso que el enfoque social, que jamás debería dejarse de lado a la hora de pretender introducir en el ordenamiento jurídico una pena, que, como se pretenderá ilustrar en este texto, transgrede postulados del derecho penal moderno y atenta contra la estructura fundamental del estado social de derecho. |
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