Reconocimiento jurídico de las entidades religiosas en el derecho colombiano: análisis crítico de la Ley Estatutaria de Libertad Religiosa
La Constitución colombiana de 1991, junto con la Ley Estatutaria de Libertad Religiosa (1994) constituyen el punto de referencia primero y principal en el tratamiento jurídico civil del factor religioso. El desarrollo de los principios de libertad religiosa, laicidad, igualdad y cooperación ha incid...
- Autores:
-
Prieto, Vicente
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2012
- Institución:
- Universidad de la Sabana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad de la Sabana
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:intellectum.unisabana.edu.co:10818/13582
- Acceso en línea:
- http://dikaion.unisabana.edu.co/index.php/dikaion/article/view/2268
http://dikaion.unisabana.edu.co/index.php/dikaion/article/view/2268/2841
http://dikaion.unisabana.edu.co/index.php/dikaion/article/view/2268/3100
http://hdl.handle.net/10818/13582
- Palabra clave:
- Libertad religiosa
Persona jurídica
Igualdad
Convenios con entidades religiosas
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La Constitución colombiana de 1991, junto con la Ley Estatutaria de Libertad Religiosa (1994) constituyen el punto de referencia primero y principal en el tratamiento jurídico civil del factor religioso. El desarrollo de los principios de libertad religiosa, laicidad, igualdad y cooperación ha incidido en el régimen jurídico de las iglesias y de sus entes. Se creó un nuevo tipo de personalidad jurídica para las iglesias y confesiones, y el correspondiente registro, con la posibilidad de celebrar convenios o pactos de Derecho público con el Estado colombiano. Al mismo tiempo, en aplicación del Concordato con la Santa Sede (1973), se mantuvo el reconocimiento específico de la Iglesia católica y de sus entidades. Las distintas posibilidades de configuración jurídica pueden plantear inquietudes desde el punto de vista del principio de igualdad. Llevan a considerar el sentido y alcance de las distintas formas de personificación previstas por el ordenamiento y su carácter instrumental al servicio de la libertad religiosa. De este modo se pretende superar las visiones formalistas y subrayar el equilibrio que debe existir entre realidad social, juridicidad originaria (derechos humanos) y formalización jurídicopositiva. Teniendo en cuenta la experiencia de otros países, se proponen algunos posibles cambios en la Ley Estatutaria de Libertad Religiosa. |
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