¿Puede el consentimiento informado limitar una política pública en salud?: caso: vacuna del virus de papiloma humano
En 2013 se implementó la vacunación contra el Virus de Papiloma Humano como obligatoria en nuestro país, a través de la Ley 1626 de dicho año, y se convirtió en una de las políticas públicas bandera del Gobierno y el Ministerio de Salud. Sin embargo, y aunque ya se habían presentado reportes de efec...
- Autores:
-
Prada Tolosa, Carlos Arturo
Quintero Ortiz, Juliana
- Tipo de recurso:
- Tesis
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad del Norte
- Repositorio:
- Repositorio Uninorte
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/12307
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10584/12307
- Palabra clave:
- Consentimiento legal (Medicina)
Política pública
Virus del papiloma
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
Summary: | En 2013 se implementó la vacunación contra el Virus de Papiloma Humano como obligatoria en nuestro país, a través de la Ley 1626 de dicho año, y se convirtió en una de las políticas públicas bandera del Gobierno y el Ministerio de Salud. Sin embargo, y aunque ya se habían presentado reportes de efectos adversos con anterioridad, en mayo de 2014 se desata el escándalo que acapara la atención de los medios nacionales, ante el desmayo masivo de 15 jovencitas en un colegio del Carmen de Bolívar. Convulsiones, accidentes cerebrovasculares, enfermedades autoinmunes, fatiga crónica, pérdida de cabello, dolores en el pecho, debilidad muscular, cambios del ciclo menstrual, pérdida de visión temporal, pérdida de la audición, y parálisis, además de la muerte, son algunos de los efectos reportados por la Asociación de Afectadas por la Vacuna del Papiloma (AAVP)1 . A pesar de las críticas recibidas, el gobierno, en cabeza del Ministro de Salud, se mantiene firme en manifestar que la vacuna es segura, y que la política pública de vacunación “es una política seria”, manifestando que “Es una política que ha tenido acompañamiento internacional: OMS y OPS. Además es una política que ha sido cuidadosa y evaluada en su implementación, donde han trabajado, no sólo, las Entidades Territoriales sino las Secretarías de Salud, EPS e IPS”2 . La confianza del Ministro Gaviria en la vacuna, y la aparente tranquilidad que les brinda a todos los miembros del gobierno radica en que los estudios científicos fueron hechos por una colombiana, la Dra. Nubia Muñoz, quien fue postulada al premio Nobel de Medicina por su investigación en esta materia. En el presente trabajo de investigación abordamos la temática desde un punto de vista socio - jurídico, partiendo de la afirmación de que la vacunación contra el Virus del Papiloma Humano es una política seria; procedemos a analizar su implicación con garantías fundamentales, y el respeto de las mismas. Así mismo examinaremos el conflicto de intereses que existe en la aplicación de la vacuna, a saber, el interés general del Estado de proteger la salud pública, y el interés particular de proteger la integridad y salud personal. |
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