El objeto de las capitulaciones matrimoniales y maritales

El derecho proporciona una herramienta a los futuros cónyuges y compañeros permanentes para organizar el régimen patrimonial que regirá en su unión, atendiendo a su voluntad y a los requisitos que establece la ley, esta herramienta es la celebración de capitulaciones, definidas por el artículo 1771...

Full description

Autores:
Guzmán Gordon, María Daniela
Villamizar Suárez, Christian Camilo
Tipo de recurso:
Tesis
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad del Norte
Repositorio:
Repositorio Uninorte
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/12291
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10584/12291
Palabra clave:
Capitulaciones matrimoniales
Derecho civil
Rights
openAccess
License
https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
Description
Summary:El derecho proporciona una herramienta a los futuros cónyuges y compañeros permanentes para organizar el régimen patrimonial que regirá en su unión, atendiendo a su voluntad y a los requisitos que establece la ley, esta herramienta es la celebración de capitulaciones, definidas por el artículo 1771 de nuestro Código Civil como las "convenciones que celebran los esposos antes de contraer matrimonio, relativas a los bienes que aportan a él, y a las donaciones y concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o futuro". Esta figura se puede utilizar para prever, de cierta manera y hasta cierto punto, los conflictos patrimoniales que puedan ocurrir por razón de un divorcio o terminación de la unión marital de hecho. En la obra "Teoría y Práctica del Derecho de Familia", Los autores recomiendan a todas aquellas personas que piensan contraer matrimonio que hagan uso de este derecho, para evitar hacia el futuro las controversias que comúnmente se dan por la confusión de los patrimonios propios y sociales. (Villa, Sánchez, 2001), logrando suplir el régimen legal de sociedad conyugal. Sobre esta figura, la Corte Constitucional (2014) ha dicho: "solo en el caso en el que las partes no celebren capitulaciones se aplicarán las reglas establecidas en el capítulo II del Título XXII del Código Civil, que comprenden las disposiciones sobre haber relativo y deber de recompensa contenidos en los numerales acusados en esta ocasión. En otras palabras, la comunidad de bienes y el sometimiento al régimen de la sociedad conyugal del Código Civil es una opción de los cónyuges". Esta figura permite que los futuros contrayentes manejen el aspecto patrimonial de su unión como ellos lo prefieran, sin omitir las formalidades y requisitos que establece la ley, lo cual deja de lado la presunción que hace el Código Civil mediante la cual todo matrimonio (o unión marital de hecho) nace con el régimen de sociedad conyugal (o patrimonial), con las características que este posee. La celebración de capitulaciones es concebida como aquel pacto prematrimonial mediante el cual, por voluntad de los contrayentes y autorizado por ley, se generan variaciones en el sistema de sociedad conyugal legalmente reglado en Colombia. (Guzmán, 2006). Este trabajo tiene como objetivo establecer cuál es el objeto de la celebración de capitulaciones, teniendo en cuenta las definiciones legales y teóricas en comparación con la práctica, esto es, la celebración de este pacto en las relaciones cotidianas. Se partirá de un trabajo de campo en el que se analizará cada escritura de capitulaciones realizada en las 12 notarías del círculo de Barranquilla desde el año 2011 hasta la fecha y se realizarán entrevistas a los notarios de Barranquilla Uno de nuestros objetivos es descubrir las diferentes variantes que puede tener el régimen patrimonial presente en las uniones matrimoniales y maritales de hecho, siendo estas, el aporte de bienes que por ley no pertenezcan a la sociedad conyugal o patrimonial, la exclusión de bienes, de manera que no hagan parte del régimen correspondiente a la unión y finalmente, aquella variación en la que los futuros esposos o compañeros permanentes decidan excluir definitivamente la sociedad conyugal o patrimonial.