Responsabilidad precontractual de las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios: análisis a partir de la sentencia de unificación del 03 de septiembre de 2020 del Consejo de Estado
Con el paso de los años, ha surgido la imperativa necesidad de los distintos ordenamientos jurídicos, de regular las relaciones negociales y todo lo que estas comportan. Es por ello que, la figura de la responsabilidad en el marco de una etapa precontractual, sin lugar a dudas, ha surgido como un re...
- Autores:
-
Cruz Palacio, María Margarita
Hoz Ribaldo, Sebastián José de la
- Tipo de recurso:
- Tesis
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad del Norte
- Repositorio:
- Repositorio Uninorte
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/12225
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10584/12225
- Palabra clave:
- Responsabilidad contractual
Servicios públicos
Responsabilidad civil
Derecho civil
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
Summary: | Con el paso de los años, ha surgido la imperativa necesidad de los distintos ordenamientos jurídicos, de regular las relaciones negociales y todo lo que estas comportan. Es por ello que, la figura de la responsabilidad en el marco de una etapa precontractual, sin lugar a dudas, ha surgido como un reflejo de las distintas dinámicas negociales y de la importancia que implica la protección de las partes que se encuentran en una negociación. En Colombia, la figura de la responsabilidad precontractual se encuentra reconocida ampliamente por el Derecho Privado colombiano -principalmente en el artículo 863 del Código de Comercio - y a su vez, ha sido desarrollada por diversos pronunciamientos jurisprudenciales. Es por ello, que es preciso advertir que la obligación de responder por perjuicios causados, en virtud de determinados actos emitidos en una etapa de negociaciones, no es desconocida y, de hecho, es frecuentemente aplicada, teniendo en cuenta la mención que se le ha venido haciendo a lo largo de los años en el ordenamiento jurídico colombiano. Aterrizando un poco más en el mencionado desarrollo que ha tenido el concepto de responsabilidad precontractual dentro del ordenamiento jurídico colombiano, cabe afirmar que dicha obligación de responder por perjuicios causados en una etapa precontractual, se configura cuando una de las partes es el Estado. En este sentido, esta figura que, en un principio, pareciera pertenecer al mundo del Derecho Privado, también tiene cabida en la actividad de la administración pública e impone en la misma determinadas obligaciones que deben ser observadas. |
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