La inexistencia del derecho a la salud por la ineficacia instrumental del Estado, caso Nueva Venecia y Buenavista (Magdalena)
Nuestra investigación se desarrolla principalmente con respecto del tema de la eficacia del Estado en materia de salud, centrándose en definir el derecho a la salud como un derecho fundamental de especial importancia en poblaciones vulnerables; intentará definir la eficacia instrumental del estado e...
- Autores:
-
Bula Bautista, Alexa
Montalvo García, Hernando
- Tipo de recurso:
- Tesis
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad del Norte
- Repositorio:
- Repositorio Uninorte
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/12270
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10584/12270
- Palabra clave:
- Derecho a la salud
Seguridad social -- Magdalena (Colombia : Dept.)
Servicios públicos
- Rights
- openAccess
- License
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Nuestra investigación se desarrolla principalmente con respecto del tema de la eficacia del Estado en materia de salud, centrándose en definir el derecho a la salud como un derecho fundamental de especial importancia en poblaciones vulnerables; intentará definir la eficacia instrumental del estado en relación con la prestación del servicio de salud en el territorio colombiano y estudiará cuáles son las principales obligaciones del Estado en materia prestacional frente a sus administrados. Estas zonas en especial estado de vulneración se caracterizan por la insuficiencia en la prestación de los servicios públicos del Estado por encontrarse los habitantes en situaciones de extrema pobreza. Lo anterior a la luz del ejemplo de los habitantes de Nueva Venecia, población que se encuentra ubicada en zona rural de Sitio-Nuevo (Magdalena) en situación de extrema pobreza. Estas personas no tienen acceso al derecho fundamental de la salud, porque no cuentan con un centro de salud cercano que facilite (i) la prestación del servicio en casos de extrema urgencia, de seguimiento en salud integral a menores y personas de la tercera edad, (iii) les brinde promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, entre otros factores; esto ocasiona que su integridad física, salud y vida se encuentren en peligro constante. La población cuenta con la infraestructura de un centro de salud, que en la actualidad se encuentra en estado de abandono. Este, anteriormente prestaba dichos servicios en la zona, pero por motivos del conflicto armado, fueron víctimas de una masacre que dejo el pueblo deshabitado, razón por la cual, la población, incluyendo los médicos y auxiliares que prestaban sus servicios en el centro de salud, fueron obligados a dejar el lugar. Posteriormente esta población marginalizada, retornó a Nueva Venecia. De acuerdo con lo anterior, el Estado, representado en entidades descentralizadas por territorios, servicio o colaboración, tiene la obligación de proporcionar los medios, estrategias y soluciones que posibiliten la prestación del servicio de salud a los habitantes del territorio colombiano cuyo derecho a la salud sea vea desprotegido. Esto así, desde la perspectiva del caso que nos compete, nos lleva a concluir que existe un desconocimiento de obligaciones que debe desplegar el Estado para garantizar este derecho, toda vez que se trata de un derecho fundamental, irrenunciable y autónomo, en lo individual y lo colectivo, por consiguiente, las poblaciones de Nueva Venecia y Buena Vista deben ser receptoras de políticas que aseguren la igualdad de trato, el acceso a los servicios de salud de manera oportunidad, eficaz y con calidad en la prestación, pues el problema principal radica en que el sistema de salud está mal diseñado en el tema de prestación del servicio en las áreas rurales. |
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Lo anterior a la luz del ejemplo de los habitantes de Nueva Venecia, población que se encuentra ubicada en zona rural de Sitio-Nuevo (Magdalena) en situación de extrema pobreza. Estas personas no tienen acceso al derecho fundamental de la salud, porque no cuentan con un centro de salud cercano que facilite (i) la prestación del servicio en casos de extrema urgencia, de seguimiento en salud integral a menores y personas de la tercera edad, (iii) les brinde promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, entre otros factores; esto ocasiona que su integridad física, salud y vida se encuentren en peligro constante. La población cuenta con la infraestructura de un centro de salud, que en la actualidad se encuentra en estado de abandono. Este, anteriormente prestaba dichos servicios en la zona, pero por motivos del conflicto armado, fueron víctimas de una masacre que dejo el pueblo deshabitado, razón por la cual, la población, incluyendo los médicos y auxiliares que prestaban sus servicios en el centro de salud, fueron obligados a dejar el lugar. Posteriormente esta población marginalizada, retornó a Nueva Venecia. De acuerdo con lo anterior, el Estado, representado en entidades descentralizadas por territorios, servicio o colaboración, tiene la obligación de proporcionar los medios, estrategias y soluciones que posibiliten la prestación del servicio de salud a los habitantes del territorio colombiano cuyo derecho a la salud sea vea desprotegido. Esto así, desde la perspectiva del caso que nos compete, nos lleva a concluir que existe un desconocimiento de obligaciones que debe desplegar el Estado para garantizar este derecho, toda vez que se trata de un derecho fundamental, irrenunciable y autónomo, en lo individual y lo colectivo, por consiguiente, las poblaciones de Nueva Venecia y Buena Vista deben ser receptoras de políticas que aseguren la igualdad de trato, el acceso a los servicios de salud de manera oportunidad, eficaz y con calidad en la prestación, pues el problema principal radica en que el sistema de salud está mal diseñado en el tema de prestación del servicio en las áreas rurales.PregradoAbogadoapplication/pdf40 páginasspaUniversidad del NorteDerechoDepartamento de derechoBarranquilla, ColombiaLa inexistencia del derecho a la salud por la ineficacia instrumental del Estado, caso Nueva Venecia y Buenavista (Magdalena)Trabajo de grado - Pregradohttp://purl.org/coar/resource_type/c_46echttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisTexthttp://purl.org/coar/version/c_71e4c1898caa6e32https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Derecho a la saludSeguridad social -- Magdalena (Colombia : Dept.)Servicios públicosEstudiantesPregradoORIGINALResumen.pdfResumen.pdfapplication/pdf1311496https://manglar.uninorte.edu.co/bitstream/10584/12270/1/Resumen.pdf889dce68d68c0a74085dd83565a36fe7MD51LICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-81748https://manglar.uninorte.edu.co/bitstream/10584/12270/2/license.txt8a4605be74aa9ea9d79846c1fba20a33MD5210584/12270oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/122702024-09-30 09:08:31.046Repositorio Digital de la Universidad del Nortemauribe@uninorte.edu.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 |