Criterios básicos de racionalidad al ejercicio discrecional de los tribunales constitucionales
La discrecionalidad ejercida por los tribunales constitucionales ha posibilitado avanzar en la justiciabilidad de los derechos y en la adopción de decisiones coherentes con las transformaciones sociales; no obstante, si su aplicación resulta inadecuada, presenta inconvenientes que afectan no solo mí...
- Autores:
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Morris Bolaño, Patricia Raquel
- Tipo de recurso:
- Doctoral thesis
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad del Norte
- Repositorio:
- Repositorio Uninorte
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/13060
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10584/13060
- Palabra clave:
- Tribunales constitucionales
Discrecionalidad judicial
Argumentación jurídica
Investigación jurídica
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
Summary: | La discrecionalidad ejercida por los tribunales constitucionales ha posibilitado avanzar en la justiciabilidad de los derechos y en la adopción de decisiones coherentes con las transformaciones sociales; no obstante, si su aplicación resulta inadecuada, presenta inconvenientes que afectan no solo mínimos de estabilidad jurídica, sino la aceptabilidad de la sociedad respecto de tales proveídos, presupuesto esencial para asegurar su legitimidad y eficacia. En tal sentido, el propósito de la presente investigación consistió en proponer criterios de racionalidad a la ineludible discrecionalidad que despliegan las aludidas corporaciones judiciales cuando resuelven casos atinentes a derechos fundamentales, partiendo para el efecto de las teorías garantista, principialista, conflictivista y de argumentación jurídica. Metodológicamente, es una investigación jurídica con alcance propositivo, desarrollada desde el paradigma cualitativo, mediante revisión bibliográfica, que propició un diálogo entre el derecho constitucional, la filosofía del derecho y la teoría jurídica. Respecto a los resultados, la investigación viabilizó la identificación de cinco categorías o condiciones esenciales de racionalidad que deben satisfacer las aludidas decisiones, dada la especificidad del Estado constitucional: i) no es aceptable una percepción neutral de lo justo; ii) interpretación moral; iii) consonancia del razonamiento moral con los valores admitidos por la comunidad racional; iv) prioridad del enfoque dialógico de la argumentación; v) equilibrio entre estabilidad y flexibilidad o ductilidad. En conclusión, las categorías planteadas contribuyen a optimizar la justificación de las aludidas decisiones y garantizan la consonancia del Derecho con las mutaciones provenientes de la realidad social desde la resignificación de la dignidad humana. |
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