La Constitución no es el límite impugnación de actos legislativos los límites del poder constituyente

Históricamente han existido diversas formas encaminadas a establecer límites al poder constituyente: desde la incorporación de cláusulas pétreas hasta el establecimiento de formalidades especiales, períodos de restricción para la adopción de reformas y órganos especiales de modificación. Pero además...

Full description

Autores:
Luis Eduardo Cerra Jiménez; Universidad del Norte
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2011
Institución:
Universidad del Norte
Repositorio:
Repositorio Uninorte
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/3691
Acceso en línea:
http://rcientificas.uninorte.edu.co/index.php/derecho/article/view/2845
http://hdl.handle.net/10584/3691
Palabra clave:
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:Históricamente han existido diversas formas encaminadas a establecer límites al poder constituyente: desde la incorporación de cláusulas pétreas hasta el establecimiento de formalidades especiales, períodos de restricción para la adopción de reformas y órganos especiales de modificación. Pero además, el establecimiento de nuevas constituciones depende de procesos al margen de la Constitución vigentes, como quiera que éstas no consagran las bases para su propia destrucción. El constitucionalismo moderno, como resultado de la globalización de temas como el de los derechos humanos y la integración, han permitido establecer un nuevo marco de limitaciones no obstante la ausencia de instrumentos efectivos de control respecto de las disposiciones internas de los estados que violen este nuevo marco. De la misma manera que el constituyente derivado tiene como límites los paradigmas políticos que sirvieron de marco y, en consecuencia, legitiman su existencia, el constituyente primario, alguna vez ilimitado, se encuentra hoy sometido a los principios y valores de la civilización universal y el derecho natural. Abstract Historically there have existed different procedures aiming to the establishment of limits to the constitutional power starting with the incorporation of petreous clauses to the establishment of special formalities, restriction periods for the adoptions of reforms and special modification organs. Besides, the establishment of new constitutions depends on processes out of the Constitution in force as these, do not contain the basis of their own destruction. Modern constitutionalism, as a result of the globalization of topics such as Human Rights and Integration, has allowed the establishment of a new limitation frame in spite of the absence of effective control instruments concerning the internal State dispositions violating this new frame. Likewise the derived constitution maker has as limits the political paradigms which served as references and as a consequence they legitímate their existence. The primary constitution maker, once limitless, is today under the principles and values of universal civilization and natural law.