Límites a la responsabilidad patrimonial de las entidades fiduciarias

Los negocios fiduciarios mercantiles cumplen un papel determinante en el desarrollo del comercio a gran escala en la actualidad, y en gran parte de los países, entre esos Colombia, se ha creado una figura y un modelo de negocio ajustable a cualquier circunstancia fáctica, con muchos beneficios juríd...

Full description

Autores:
Castillo Saker, Antonio Francisco
Guerrero Vega, María Alejandra
Tipo de recurso:
Tesis
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad del Norte
Repositorio:
Repositorio Uninorte
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/12287
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10584/12287
Palabra clave:
Responsabilidad patrimonial de la administración -- Colombia
Fiducia -- Colombia
Rights
openAccess
License
https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
Description
Summary:Los negocios fiduciarios mercantiles cumplen un papel determinante en el desarrollo del comercio a gran escala en la actualidad, y en gran parte de los países, entre esos Colombia, se ha creado una figura y un modelo de negocio ajustable a cualquier circunstancia fáctica, con muchos beneficios jurídicos y patrimoniales. En la ejecución de un contrato de fiducia mercantil, un fideicomitente entrega unos bienes y unas instrucciones a la entidad fiduciaria para finalmente crear un patrimonio autónomo al cual ingresan los bienes, con el fin único de cumplir lo establecido en el contrato por parte del constituyente, ya sea en beneficio propio o de un tercero. Las entidades reconocidas como fiduciarias, son las únicas autorizadas para llevar a cabo fideicomisos comerciales, actividad por la cual reciben una contraprestación económica, ya que, se supone que son especialistas en la administración de bienes de terceros para cumplir un objetivo estipulado a partir de la confianza, principio esencial derivado de los Trusts anglosajones. A partir de las características del contrato de fiducia mercantil, las cuales serán explicadas a lo largo del presente trabajo, se ha desarrollado la idea de que éstos pueden ser utilizados por parte de los constituyentes como una forma de evadir obligaciones, teniendo en cuenta que la transferencia de los bienes objeto del fideicomiso es efectiva y real, es decir, los bienes salen del patrimonio del fideicomitente para ingresar a un patrimonio autónomo. Como se verá en el desarrollo del trabajo, la ley consagra la manera como deben proceder los acreedores de los fideicomitentes cuando estos se “despatrimonializan” a través de un contrato de fiducia, sin embargo, surge el interrogante de si existe o no algún tipo de responsabilidad por parte de la entidad fiduciaria, quien es en últimas la que permite, a partir de su estructura jurídica y su actividad comercial, que las personas se desprendan de sus bienes 4 aduciendo con buena fe, que se pretende desarrollar un negocio que no afecta a terceras personas.