La prueba del Contrato de Seguro a partir de la expedición de la Ley 380 de 1997
El contrato de seguro en Colombia fue modificado por la Ley 389 de 1997. En dicha reforma se le dio el carácter de consensual al contrato y se limitó su prueba al escrito y la confesión; pues bien, con este trabajo se pretende demostrar que a pesar de la restricción probatoria que ostenta el contrat...
- Autores:
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Iván Alberto Jiménez Aguirre; Universidad del Norte
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2011
- Institución:
- Universidad del Norte
- Repositorio:
- Repositorio Uninorte
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:manglar.uninorte.edu.co:10584/3693
- Acceso en línea:
- http://rcientificas.uninorte.edu.co/index.php/derecho/article/view/2848
http://hdl.handle.net/10584/3693
- Palabra clave:
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | El contrato de seguro en Colombia fue modificado por la Ley 389 de 1997. En dicha reforma se le dio el carácter de consensual al contrato y se limitó su prueba al escrito y la confesión; pues bien, con este trabajo se pretende demostrar que a pesar de la restricción probatoria que ostenta el contrato, su existencia al interior del ordenamiento jurídico colombiano se puede demostrar utilizando todos los demás medios probatorios consagrados en la ley procesal, excluyendo en principio la prueba testimonial pero con marcadas excepciones, por cuanto el contrato de seguro es un contrato con formalidad ad probationem, y como tal debe ser su tratamiento. Abstract Colombia’s Insurance contract legislation was modified by Law 389 of 1997. This reform attempted to impose a consensual character to the insurance contract and as such limited its burden of proof to a written contract or a confession. However, this work will show that in spite of such a restriction, in order to prove the existence of an insurance contract parts are able to use all probatory means available in the current legislation. At the most an exception could be made concerning testimony although it is my contention that the insurance contract has an ad probationem character |
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