Legalidad de la prueba de alcoholemia como material probatorio
Si bien es cierto, que el 60% de nuestras vidas transcurre en la vía pública, no estamos exceptos de padecer un accidente de tránsito, por lo que el problema actual se trata de un acto de supervivencia colectiva; y es así, en consecuencia que el alcohol se ha convertido en el factor individual más s...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2013
- Institución:
- Universidad de Medellín
- Repositorio:
- Repositorio UDEM
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.udem.edu.co:11407/182
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11407/182
- Palabra clave:
- Transporte - Aspectos jurídicos
Tránsito - Aspectos jurídicos
Dolo (Derecho civil)
Prueba (Derecho)
Carga de la prueba
Culpa (Derecho)
Culpabilidad
Escena del crimen
Delitos dolosos
Delitos culposos
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Si bien es cierto, que el 60% de nuestras vidas transcurre en la vía pública, no estamos exceptos de padecer un accidente de tránsito, por lo que el problema actual se trata de un acto de supervivencia colectiva; y es así, en consecuencia que el alcohol se ha convertido en el factor individual más significativo en los accidentes de tránsito que provocan muertes o incapacidades definitivas, los cuales de acuerdo a las autoridades policiales y judiciales, no van más de un simple número o estadística en el año; pero hasta donde los operadores judiciales están en la capacidad de dar el valor legal de la prueba de alcoholemia como material probatorio en un proceso por lesiones o muerte en accidente de tránsito. Detrás de unas cifras sobre accidentes de tránsito, existen familias que no sólo sufren pérdidas afectivas irreparables, sino también la desprotección económica, que hacen necesarias e imprescindibles las acciones preventivas por parte de las autoridades. La presente monográfica se realiza, con el fin de sentar una posición no solamente de esta ciudadana, sino de toda una sociedad, que pide a gritos justicia para aquellas personas que han sido víctimas en forma directa o indirecta de un sujeto que con su conducta irresponsable ha generado daño, conducta que no puede ser calificada como un agravante de un delito culposo. |
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