Líneas jurisprudenciales sobre manejo de declaraciones anteriores en el sistema penal acusatorio : ¿todas las declaraciones anteriores que se pretenden aducir en el juicio oral a través de la policía judicial son prueba de referencia?

Cuando de juicios orales se trata, los principios procesales de inmediación y contradicción adquieren singular importancia. Quiere decir ello que solo aquella información que el juez perciba directamente y que sea sometida al tamiz de la contraparte que la aduce puede ser considerada como prueba. Ah...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2011
Institución:
Universidad de Medellín
Repositorio:
Repositorio UDEM
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.udem.edu.co:11407/4634
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11407/4634
Palabra clave:
Sistema acusatorio
Prueba de referencia
Testimonio adjunto
Testigo no disponible
Principio de Inmediación
Principio de contradicción
Sentencia arquimédica
Sentencia fundacional
Sentencia hito
Procedimiento penal-Jurisprudencia-Colombia
Sistema acusatorio-Colombia
Declaración (Derecho)
Prueba (Derecho)
Testigos
Sentencias
Rights
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Description
Summary:Cuando de juicios orales se trata, los principios procesales de inmediación y contradicción adquieren singular importancia. Quiere decir ello que solo aquella información que el juez perciba directamente y que sea sometida al tamiz de la contraparte que la aduce puede ser considerada como prueba. Ahora, cuando por determinada circunstancia un testigo no puede acudir al juicio oral, o cuando acude, pero cambia su versión, cobran vigencia sus declaraciones anteriores, ya como prueba de referencia, o bien como testimonio adjunto. En el primero de los casos la declaración anterior tiene un valor probatorio reducido, mientras que en el segundo se admite como complemento del testimonio, por lo que se puede valorar como plena prueba. Empece, en no pocas ocasiones ocurre una situación intermedia y es precisamente que el testigo acude a la audiencia de juicio oral, pero se rehúsa a declarar, por tanto, el testigo está presente pero no está disponible. Bajo esas circunstancias, su declaración anterior sólo puede admitirse como prueba de referencia según la posición jurisprudencial predominante. En la sentencia 26411 de 2007, la Corte Suprema de Justicia defendió aisladamente la tesis del testimonio adjunto, posición jamás ratificada.