Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso

spa:Es importante recordar que la Constitución Política enmarca los fines que persigue el estado, fines que impactan todo el ordenamiento jurídico y como no, la materialización del derecho concursal en Colombia a través de la Ley 1116 de 2006 que establece el régimen de insolvencia empresarial. La r...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad de Caldas
Repositorio:
Repositorio Institucional U. Caldas
Idioma:
eng
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.ucaldas.edu.co:ucaldas/17237
Acceso en línea:
https://repositorio.ucaldas.edu.co/handle/ucaldas/17237
https://repositorio.ucaldas.edu.co
Palabra clave:
Empresa
Reorganización
Insolvencia
Liquidación
Principios
Comercial
Concursal
Derecho
Trabajo
Rights
openAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
id REPOUCALDA_8b9a841239c97ff1fb615e6f63a71075
oai_identifier_str oai:repositorio.ucaldas.edu.co:ucaldas/17237
network_acronym_str REPOUCALDA
network_name_str Repositorio Institucional U. Caldas
repository_id_str
dc.title.none.fl_str_mv Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
title Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
spellingShingle Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
Empresa
Reorganización
Insolvencia
Liquidación
Principios
Comercial
Concursal
Derecho
Trabajo
title_short Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
title_full Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
title_fullStr Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
title_full_unstemmed Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
title_sort Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso
dc.contributor.none.fl_str_mv González Sánchez, Francisco Javier
dc.subject.none.fl_str_mv Empresa
Reorganización
Insolvencia
Liquidación
Principios
Comercial
Concursal
Derecho
Trabajo
topic Empresa
Reorganización
Insolvencia
Liquidación
Principios
Comercial
Concursal
Derecho
Trabajo
description spa:Es importante recordar que la Constitución Política enmarca los fines que persigue el estado, fines que impactan todo el ordenamiento jurídico y como no, la materialización del derecho concursal en Colombia a través de la Ley 1116 de 2006 que establece el régimen de insolvencia empresarial. La relación entre la Constitución Política y el derecho concursal, convergen en la empresa y la relevancia de la que el legislador le ha revestido en ambos cuerpos normativos, así lo resalta la doctrina haciendo alusión al derecho concursal a la luz de la Constitución. El derecho concursal se define en función de la empresa, y sobre todo de acuerdo con el sentido y las tareas que la misma Constitución Política le atribuye, como motor de la economía, fuente generadora de empleo, punto de convergencia entre el capital y el trabajo, etc. La empresa, en este sentido, abarca un conjunto de intereses que no se limitan a los del empresario, ni a los de sus acreedores; por el contrario, se trata de un interés superior, que involucra el correcto funcionamiento de la economía y las finalidades sociales del Estado (Espitia J. J., El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución, 2008). Por otro lado y en cuanto a la tarea por identificar la eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso, resulta necesario realizar un abordaje de esta temática en tres etapas, toda vez que en cada una de ellas se develará información que conduzca de forma asertiva a identificar si el juez del concurso tiene a su disposición y además hace uso de principios cuyas posibles características y elementos les proveen de eficacia para resolver controversias. Las etapas a abordar, correspondientes cada una de ellas a un capítulo, serán concernientes a: en primer lugar, distinguir las características y elementos de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano, en segundo lugar describir la capacidad de los principios objeto de estudio de resolver los asuntos sometidos a controversia ante el Juez del Concurso y finalmente identificar la importancia que el Juez del concurso le otorga a los principios en términos de aplicación. Frente a la distinción de las características y elementos de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano, es importante señalar que cada uno de estos principios ha sido desarrollado en mayor o menor medida en cuanto a su composición y utilidad, y es el objetivo específico del Capítulo I, señalar que elementos y características hacen de cada principio un elemento útil para direccionar las actuaciones dentro del proceso de insolvencia. En lo que refiere a la capacidad de los principios objeto de estudio de resolver los asuntos sometidos a controversia ante el Juez del Concurso, va más allá de la identificación de sus elementos y características, que al haber sido identificadas en el Capítulo II, será en el Capítulo II donde se evidencie su capacidad para resolver controversias propias de la naturaleza de los procesos de insolvencia. Finalmente y frente a la identificación de la importancia que el Juez del concurso le otorga a los principios en términos de aplicación, resultará indispensable abordar el Capítulo III de manera preponderante en lo que respecta a la jurisprudencia concursal, pues es allí donde se identificará si realmente el juez del concurso tiene en cuenta los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial en la toma de sus de sus decisiones y si a partir de los elementos y características de estos principios, el juez del concurso resuelve controversias propias de los procesos de insolvencia. Es importante advertir, que a lo largo de todo el trabajo, pero con especial énfasis en el Capítulo III, la aplicación del artículo 230º de la Constitución Política representa un eje fundamental para la comprensión de la relevancia de los principios del Régimen de Insolvencia Empresarial en la toma de decisiones por parte del juez del concurso, pues como lo menciona el citado artículo, el juez en la toma de sus decisiones solo está sometido al imperio de la Ley, sin embargo, en armónica interpretación con el inciso final del referido precepto constitucional, el juez del concurso a lo largo de los procesos de insolvencia empresarial hace amplio uso de los principios como criterio auxiliar de la actividad judicial para fundamentar sus decisiones.
publishDate 2021
dc.date.none.fl_str_mv 2021-12-09T14:32:47Z
2021-12-09T14:32:47Z
2021-12-07
dc.type.none.fl_str_mv Trabajo de grado - Pregrado
http://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f
Text
info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
dc.type.coarversion.fl_str_mv http://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85
dc.identifier.none.fl_str_mv https://repositorio.ucaldas.edu.co/handle/ucaldas/17237
Universidad de Caldas
Repositorio Institucional Universidad de Caldas
https://repositorio.ucaldas.edu.co
url https://repositorio.ucaldas.edu.co/handle/ucaldas/17237
https://repositorio.ucaldas.edu.co
identifier_str_mv Universidad de Caldas
Repositorio Institucional Universidad de Caldas
dc.language.none.fl_str_mv eng
spa
language eng
spa
dc.relation.none.fl_str_mv Alvarez, J. L. (01 de Septiembre de 2021). Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal. Obtenido de https://www.institutoiberoamericanoderechoconcursal.org/images/doctrina/documentos/P rincipios_y_Directrices_del_Derecho_Concursal.pdf
Corte Constitucional. (2002). Sentencia C - 092.
Corte Constitucional. (2009). Sentencia C - 893.
Corte Constitucional. (2010). Sentencia T - 079.
Corte Constitucional. (2016). Sentencia C - 104.
Corte Constitucional. (2018). Sentencia C - 006.
Durán, R. E. (2008). Vacíos e Inconsistencias del Nuevo Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano. Identificación y Propuestas de Solución. Revista Vniversitas, 205.
Durán, R. E. (2009). La Insolvencia Transfronteriza en el Derecho Colombiano. Revista de Derecho, Universidad del Norte, 184.
Espitia, J. J. (2007). Aproximación al Derecho Concursal Colombiano. Revista e-Mercatoria, 23.
Espitia, J. J. (2007). Aproximación al Derecho Concursal Colombiano. Revista e-Mercatoria, 14.
Espitia, J. J. (2007). Nuevo Régimen de Insolvencia (Segunda ed.). Bogotá D.C: Universidad Externado de Colombia.
Espitia, J. J. (2008). El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución. Revista eMercatoria, 24-25.
Espitia, J. J. (2008). El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución. Revista eMercatoria, 38.
Espitia, J. J. (2008). El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución. Revista eMercatoria, 40.
Ley 1116. (2006).
Pereira, F. A. (2007). Constitución Nacional y procesos concursales. Temas Socio-Jurídicos, 94.
Pereira, F. A. (2007). Constitución Nacional y procesos concursales. Temas Socio-Jurídicos, 89- 90.
Pereira, F. A. (2007). Constitución Nacional y Procesos Concursales. Temas Socio-Jurídicos, 82.
Superintendencia de Sociedades. (07 de septiembre de 2010). Auto Nº 400-016091. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (07 de septiembre de 2010). Auto Nº 400-016092. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (06 de diciembre de 2010). Auto Nº 400-022694. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (30 de Agosto de 2012). Auto Nº 400-012336. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (17 de octubre de 2012). Auto Nº 400-014548. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (05 de diciembre de 2012). Auto Nº 400-017224 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (05 de diciembre de 2012). Auto Nº 400-017224 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (29 de abril de 2013). Auto Nº 400-006895. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (29 de abril de 2013). Auto Nº 400-006895 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (22 de mayo de 2013). Auto Nº 400-009246. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (30 de octubre de 2013). Auto Nº 400-018313. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (10 de enero de 2014). Auto Nº 400-000278. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (20 de junio de 2014). Auto Nº 400-008908. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (17 de Diciembre de 2014). Auto 400-018495.
Superintendencia de Sociedades. (04 de junio de 2014). Auto Nº 400-008155. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (17 de diciembre de 2014). Auto Nº 400-018495. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (16 de Septiembre de 2015). Auto 400-012204.
Superintendencia de Sociedades. (20 de febrero de 2015). Auto Nº 400-002998. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (16 de septiembre de 2015). Auto Nº 400-012204 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (01 de febrero de 2017). Auto Nº 400-003827 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (11 de septiembre de 2017). Auto Nº 400-012268 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (25 de mayo de 2018). Auto Nº 400-007417 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (19 de julio de 2018). Auto Nº 400-010081. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (26 de julio de 2018). Auto Nº 400-010311 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (13 de agosto de 2018). Auto Nº 400-011045. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (13 de agosto de 2018). Auto Nº 400-011045 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (25 de octubre de 2018). Auto Nº 400-013895 . Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (18 de diciembre de 2018). Auto Nº 400-015766. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (09 de abril de 2019). Auto Nº 400-002931. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (09 de abril de 2019). Auto Nº 400-002931. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (27 de junio de 2019). Auto Nº 400-005424. Bogotá D.C.
Superintendencia de Sociedades. (07 de febrero de 2020). Auto Nº 400-000981. Bogotá D.C.
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
info:eu-repo/semantics/openAccess
info:eu-repo/semantics/openAccess
info:eu-repo/semantics/openAccess
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
eu_rights_str_mv openAccess
rights_invalid_str_mv http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
application/pdf
application/pdf
application/pdf
dc.publisher.none.fl_str_mv Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Manizales
Derecho
publisher.none.fl_str_mv Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Manizales
Derecho
institution Universidad de Caldas
repository.name.fl_str_mv
repository.mail.fl_str_mv
_version_ 1836145005144571904
spelling Eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concursoEmpresaReorganizaciónInsolvenciaLiquidaciónPrincipiosComercialConcursalDerechoTrabajospa:Es importante recordar que la Constitución Política enmarca los fines que persigue el estado, fines que impactan todo el ordenamiento jurídico y como no, la materialización del derecho concursal en Colombia a través de la Ley 1116 de 2006 que establece el régimen de insolvencia empresarial. La relación entre la Constitución Política y el derecho concursal, convergen en la empresa y la relevancia de la que el legislador le ha revestido en ambos cuerpos normativos, así lo resalta la doctrina haciendo alusión al derecho concursal a la luz de la Constitución. El derecho concursal se define en función de la empresa, y sobre todo de acuerdo con el sentido y las tareas que la misma Constitución Política le atribuye, como motor de la economía, fuente generadora de empleo, punto de convergencia entre el capital y el trabajo, etc. La empresa, en este sentido, abarca un conjunto de intereses que no se limitan a los del empresario, ni a los de sus acreedores; por el contrario, se trata de un interés superior, que involucra el correcto funcionamiento de la economía y las finalidades sociales del Estado (Espitia J. J., El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución, 2008). Por otro lado y en cuanto a la tarea por identificar la eficacia y aplicación de los principios orientadores del régimen de insolvencia empresarial por parte del juez del concurso, resulta necesario realizar un abordaje de esta temática en tres etapas, toda vez que en cada una de ellas se develará información que conduzca de forma asertiva a identificar si el juez del concurso tiene a su disposición y además hace uso de principios cuyas posibles características y elementos les proveen de eficacia para resolver controversias. Las etapas a abordar, correspondientes cada una de ellas a un capítulo, serán concernientes a: en primer lugar, distinguir las características y elementos de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano, en segundo lugar describir la capacidad de los principios objeto de estudio de resolver los asuntos sometidos a controversia ante el Juez del Concurso y finalmente identificar la importancia que el Juez del concurso le otorga a los principios en términos de aplicación. Frente a la distinción de las características y elementos de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano, es importante señalar que cada uno de estos principios ha sido desarrollado en mayor o menor medida en cuanto a su composición y utilidad, y es el objetivo específico del Capítulo I, señalar que elementos y características hacen de cada principio un elemento útil para direccionar las actuaciones dentro del proceso de insolvencia. En lo que refiere a la capacidad de los principios objeto de estudio de resolver los asuntos sometidos a controversia ante el Juez del Concurso, va más allá de la identificación de sus elementos y características, que al haber sido identificadas en el Capítulo II, será en el Capítulo II donde se evidencie su capacidad para resolver controversias propias de la naturaleza de los procesos de insolvencia. Finalmente y frente a la identificación de la importancia que el Juez del concurso le otorga a los principios en términos de aplicación, resultará indispensable abordar el Capítulo III de manera preponderante en lo que respecta a la jurisprudencia concursal, pues es allí donde se identificará si realmente el juez del concurso tiene en cuenta los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial en la toma de sus de sus decisiones y si a partir de los elementos y características de estos principios, el juez del concurso resuelve controversias propias de los procesos de insolvencia. Es importante advertir, que a lo largo de todo el trabajo, pero con especial énfasis en el Capítulo III, la aplicación del artículo 230º de la Constitución Política representa un eje fundamental para la comprensión de la relevancia de los principios del Régimen de Insolvencia Empresarial en la toma de decisiones por parte del juez del concurso, pues como lo menciona el citado artículo, el juez en la toma de sus decisiones solo está sometido al imperio de la Ley, sin embargo, en armónica interpretación con el inciso final del referido precepto constitucional, el juez del concurso a lo largo de los procesos de insolvencia empresarial hace amplio uso de los principios como criterio auxiliar de la actividad judicial para fundamentar sus decisiones.eng: It is important to remember that the Political Constitution frames the purposes pursued by the state, purposes that impact the entire legal system and of course, the materialization of bankruptcy law in Colombia through Law 1116 of 2006 that establishes the business insolvency regime. The relationship between the Political Constitution and bankruptcy law converge in the company and the relevance of the legislator in both normative bodies, this is highlighted by the doctrine referring to bankruptcy law in light of the Constitution. Bankruptcy law is defined according to the company, and above all in accordance with the meaning and tasks that the same Political Constitution attributes to it, as an engine of the economy, a source of employment, a point of convergence between capital and work , etc. The company, in this sense, encompasses a set of interests that are not limited to those of the employer, or those of his creditors; on the contrary, it is a question of a superior interest, which involves the correct functioning of the economy and the social purposes of the State (Espitia J. J., El Derecho Insolsal Colombiano in the light of the Constitution, 2008). On the other hand, and regarding the task of identifying the effectiveness and application of the guiding principles of the business insolvency regime by the bankruptcy judge, it is necessary to approach this issue in three stages, since in each one of the They will reveal information that leads in an assertive way to identify if the contest judge has at his disposal and also makes use of principles whose possible characteristics and elements provide them with efficiency to resolve controversies. The stages to be addressed, each corresponding to a chapter, will concern: firstly, distinguishing the characteristics and elements of the guiding principles of the Colombian Business Insolvency Regime, secondly, describing the capacity of the principles under study to resolve the matters submitted to controversy before the Contest Judge and finally identify the importance that the Contest Judge gives to the principles in terms of application. Faced with the distinction between the characteristics and elements of the guiding principles of the Colombian Business Insolvency Regime, it is important to point out that each of these principles has been developed to a greater or lesser extent in terms of its composition and utility, and is the specific objective of Chapter I, point out which elements and characteristics make each principle a useful element to direct the actions within the insolvency process. Regarding the ability of the principles under study to resolve the matters submitted to controversy before the Contest Judge, it goes beyond the identification of its elements and characteristics, which, having been identified in Chapter II, will be in Chapter II where their ability to resolve controversies inherent to the nature of insolvency proceedings is evidenced. Finally and in the face of the identification of the importance that the bankruptcy judge gives to the principles in terms of application, it will be essential to address Chapter III in a preponderant way with regard to bankruptcy jurisprudence, since it is there where it will be identified whether it really the bankruptcy judge takes into account the guiding principles of the Business Insolvency Regime when making its decisions and if, based on the elements and characteristics of these principles, the bankruptcy judge resolves controversies inherent to insolvency proceedings. It is important to note that throughout the work, but with special emphasis on Chapter III, the application of Article 230 of the Political Constitution represents a fundamental axis for understanding the relevance of the principles of the Business Insolvency Regime in decision-making by the contest judge, because as mentioned in the aforementioned article, the judge in making his decisions is only subject to the rule of law, however, in harmonious interpretation with the final paragraph of the aforementioned constitutional precept , the bankruptcy judge throughout the business insolvency processes makes extensive use of the principles as an auxiliary criterion of the judicial activity to base his decisions.INTRODUCCIÓN / Planteamiento del Problema de Investigación / Pregunta de Investigación / Objetivo General / Objetivos Específicos / Justificación / Tipo de investigación / CAPÍTULO I / Características y elementos de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia Empresarial colombiano / CAPÍTULO II / Capacidad de los principios orientadores del Régimen de Insolvencia para resolver los asuntos sometidos a controversia ante el Juez del Concurso / CAPÍTULO III / Importancia que el Juez del concurso le otorga a los principios orientadores del Régimen de Insolvencia en términos de aplicación / CONCLUSIONES / BIBLIOGRAFÍAUniversitarioAbogado(a)Facultad de Ciencias Jurídicas y SocialesManizalesDerechoGonzález Sánchez, Francisco JavierHenao Arias, Darío Andrés2021-12-09T14:32:47Z2021-12-09T14:32:47Z2021-12-07Trabajo de grado - Pregradohttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fTextinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85application/pdfapplication/pdfapplication/pdfapplication/pdfhttps://repositorio.ucaldas.edu.co/handle/ucaldas/17237Universidad de CaldasRepositorio Institucional Universidad de Caldashttps://repositorio.ucaldas.edu.coengspaAlvarez, J. L. (01 de Septiembre de 2021). Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal. Obtenido de https://www.institutoiberoamericanoderechoconcursal.org/images/doctrina/documentos/P rincipios_y_Directrices_del_Derecho_Concursal.pdfCorte Constitucional. (2002). Sentencia C - 092.Corte Constitucional. (2009). Sentencia C - 893.Corte Constitucional. (2010). Sentencia T - 079.Corte Constitucional. (2016). Sentencia C - 104.Corte Constitucional. (2018). Sentencia C - 006.Durán, R. E. (2008). Vacíos e Inconsistencias del Nuevo Régimen de Insolvencia Empresarial Colombiano. Identificación y Propuestas de Solución. Revista Vniversitas, 205.Durán, R. E. (2009). La Insolvencia Transfronteriza en el Derecho Colombiano. Revista de Derecho, Universidad del Norte, 184.Espitia, J. J. (2007). Aproximación al Derecho Concursal Colombiano. Revista e-Mercatoria, 23.Espitia, J. J. (2007). Aproximación al Derecho Concursal Colombiano. Revista e-Mercatoria, 14.Espitia, J. J. (2007). Nuevo Régimen de Insolvencia (Segunda ed.). Bogotá D.C: Universidad Externado de Colombia.Espitia, J. J. (2008). El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución. Revista eMercatoria, 24-25.Espitia, J. J. (2008). El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución. Revista eMercatoria, 38.Espitia, J. J. (2008). El Derecho Concursal Colombiano a la luz de la Constitución. Revista eMercatoria, 40.Ley 1116. (2006).Pereira, F. A. (2007). Constitución Nacional y procesos concursales. Temas Socio-Jurídicos, 94.Pereira, F. A. (2007). Constitución Nacional y procesos concursales. Temas Socio-Jurídicos, 89- 90.Pereira, F. A. (2007). Constitución Nacional y Procesos Concursales. Temas Socio-Jurídicos, 82.Superintendencia de Sociedades. (07 de septiembre de 2010). Auto Nº 400-016091. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (07 de septiembre de 2010). Auto Nº 400-016092. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (06 de diciembre de 2010). Auto Nº 400-022694. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (30 de Agosto de 2012). Auto Nº 400-012336. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (17 de octubre de 2012). Auto Nº 400-014548. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (05 de diciembre de 2012). Auto Nº 400-017224 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (05 de diciembre de 2012). Auto Nº 400-017224 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (29 de abril de 2013). Auto Nº 400-006895. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (29 de abril de 2013). Auto Nº 400-006895 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (22 de mayo de 2013). Auto Nº 400-009246. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (30 de octubre de 2013). Auto Nº 400-018313. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (10 de enero de 2014). Auto Nº 400-000278. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (20 de junio de 2014). Auto Nº 400-008908. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (17 de Diciembre de 2014). Auto 400-018495.Superintendencia de Sociedades. (04 de junio de 2014). Auto Nº 400-008155. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (17 de diciembre de 2014). Auto Nº 400-018495. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (16 de Septiembre de 2015). Auto 400-012204.Superintendencia de Sociedades. (20 de febrero de 2015). Auto Nº 400-002998. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (16 de septiembre de 2015). Auto Nº 400-012204 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (01 de febrero de 2017). Auto Nº 400-003827 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (11 de septiembre de 2017). Auto Nº 400-012268 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (25 de mayo de 2018). Auto Nº 400-007417 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (19 de julio de 2018). Auto Nº 400-010081. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (26 de julio de 2018). Auto Nº 400-010311 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (13 de agosto de 2018). Auto Nº 400-011045. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (13 de agosto de 2018). Auto Nº 400-011045 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (25 de octubre de 2018). Auto Nº 400-013895 . Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (18 de diciembre de 2018). Auto Nº 400-015766. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (09 de abril de 2019). Auto Nº 400-002931. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (09 de abril de 2019). Auto Nº 400-002931. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (27 de junio de 2019). Auto Nº 400-005424. Bogotá D.C.Superintendencia de Sociedades. (07 de febrero de 2020). Auto Nº 400-000981. Bogotá D.C.info:eu-repo/semantics/openAccessinfo:eu-repo/semantics/openAccessinfo:eu-repo/semantics/openAccessinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2oai:repositorio.ucaldas.edu.co:ucaldas/172372024-07-16T21:38:55Z