Aplicabilidad de la jurisprudencia del Consejo de Estado en materia procesal civil respecto de la capacidad para comparecer al proceso de los consorcios y de las uniones temporales
El tratamiento de un asunto procesal, como lo es la participación de las Uniones Temporales y los Consorcios al interior del proceso, esto es, el debate sobre su capacidad jurídico-procesal, requiere en un primer momento de un estudio de carácter documental, debido a las revisiones críticas que se h...
- Autores:
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Sierra Negrete, María Paula
Sierra Mejía, Juan Manuel
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad EAFIT
- Repositorio:
- Repositorio EAFIT
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.eafit.edu.co:10784/17104
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10784/17104
- Palabra clave:
- Consorcio
Derecho de defensa
Economía procesal
Celeridad procesal
Publicidad
Bilateralidad de la audiencia
Litisconsorcio necesario
Unión temporal
Parte procesal
Parte sustancial
Oponibilidad de la sentencia
DERECHO PROCESAL
JURISPRUDENCIA PROCESAL
ACCIÓN CIVIL
ACTOS JURÍDICOS
CAPACIDAD LEGAL
Consortium
Opposability of the Judgment
Right of defense
Procedural economy
Procedural celerity
Publicity
Bilaterality of the hearing
Litigation required
Temporary union
Procedural part
Substantial part
- Rights
- License
- Acceso abierto
Summary: | El tratamiento de un asunto procesal, como lo es la participación de las Uniones Temporales y los Consorcios al interior del proceso, esto es, el debate sobre su capacidad jurídico-procesal, requiere en un primer momento de un estudio de carácter documental, debido a las revisiones críticas que se han hecho frente a la regulación actual, la jurisprudencia, y la doctrina, que han tratado el tema de la capacidad jurídica de los consorcios y las uniones temporales en diferente forma. Algunos acojen los argumentos esgrimidos por el Consejo de Estado, al establecer que estas asociaciones pueden actuar al interior de un proceso judicial por medio de la designación de un representante legal para esos efectos. Sin embargo, otros afirman que su participación debería continuar siendo por medio de la figura del litisconsorcio necesario, pues de lo contrario, se estarían vulnerando derechos, tales como el derecho de defensa de los demás miembros de la Unión Temporal o del Consorcio. Esta disparidad de apreciaciones, ha generado cierto grado de incertidumbre frente a cómo debería ser realmente la participación de las Uniones Temporales y los Consorcios al interior del proceso. De aquí, se deriva la necesidad de realizar una organización y evaluación de la información teórica, jurisprudencial y doctrinal existente sobre este problema, focalizándose en el progreso actual de la investigación y brindando posibles vías para su solución; se analizará la consistencia de cada una de las posturas jurisprudenciales y doctrinales sobre el tema, para luego señalar las fallas o demostrar la eficacia de unas sobre otras, o si es posible que subsistan las diferentes posturas. |
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